PROHIBICION DE NOTARIO

22 Sep 2018 17:59 #1 por johannaguerra
PROHIBICION DE NOTARIO Publicado por johannaguerra
buenas noches, quisiera que me orientaran, como notario la ley me da la posibilidad de hacer ciertos documentos, pero puedo hacer ante mis oficios una cancelación de hipoteca a mi esposo??

Art. 9.- Se prohíbe especialmente a los Notarios, autorizar instrumentos en que resulte o pueda
resultar algún provecho directo para ellos mismos o para sus parientes dentro del cuarto grado
civil de consanguinidad o segundo de afinidad, o a su cónyuge; pero podrán otorgar por si y
ante si su testamento, llenando, para el caso, las formalidades requeridas por la ley; podrán
asimismo, por si y ante si conferir poderes, hacer sustituciones de los poderes otorgados a su
favor, en la forma que indica el Art. 110 Pr., cancelar obligaciones contraídas a favor de ellos o
autorizar los demás actos en que ellos solos se obligan. (2)
También podrán autorizar los instrumentos que otorguen sus parientes dentro del cuarto grado
civil de consanguinidad o segundo de afinidad, o su cónyuge, en los casos a que se refiere la
parte final del inciso anterior excepto el testamento.

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24 Sep 2018 20:00 #2 por ABOGADONOTARIOES
Respuesta de ABOGADONOTARIOES sobre el tema PROHIBICION DE NOTARIO
Es de las cosas que si se puede legalmente pero que no es prudente hacerlas.

Yo no lo haria. Si le interesa saber porque, se lo diría.

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01 Nov 2019 11:50 #3 por willieparedes
Respuesta de willieparedes sobre el tema PROHIBICION DE NOTARIO
De conformidad al Artículo que ya se citó la interpretación no permite dudas, la Hipoteca es un gravamen en desfavor del deudor y en favor del Acreedor. Por tanto la Cancelación de dicho gravamen es de interés del Deudor, pues sin ese gravamen puede libremente vender, donar, o constituír hipoteca nuevamente si así lo quisiera.

Por tanto, la lógica jurídica es simple y el esposo o esposa de un deudor o deudora SI tiene interés en que se realice la cancelación (Por tanto el argumento de que quien la firma el acreedor si bien es cierto pero no es válido interpretando el "interes" plasmado en la ley), porque ese interés sigue siendo del deudor.

No se arriesgue, y pídale a otro colega amigo que le haga el favor de hacer la cancelación ante sus oficios y así evita no sólo una Nulidad Absoluta, sino que también una Suspensión como Notario.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...

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03 Nov 2019 23:07 #4 por sacerdoteguerrero
Respuesta de sacerdoteguerrero sobre el tema PROHIBICION DE NOTARIO
Sí puede. El caso de la cancelación de hipoteca está dentro del supuesto de "cancelar obligaciones" que menciona el artículo transcrito. La filosofía de esa disposición es evitar que el notario se beneficie a sí mismo o a sus familiares por existir un interés. En ese sentido le está prohibido al notario, por ejemplo, interponer sus oficios para autorizar un crédito en el que ellos o sus familiares serían los acreedores. Pero en el caso de una cancelación de hipoteca no se vislumbra el interés

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04 Nov 2019 10:12 #5 por sacerdoteguerrero
Respuesta de sacerdoteguerrero sobre el tema PROHIBICION DE NOTARIO
Asaja perdón. Yo le había mal interpretado. Yo creía que preguntaba si podía cancelar una hipoteca que estaba constituida a favor del esposo lo cual sí se puede pero si el caso es al revés pues obviamente no puede.

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