queridos colegas en primer lugar agradezco mucho al que me ayude, yo estoy promoviendo la libertad condicional ordinaria de mi cliente, como es sabido los consejos criminologicos son exageradamente tardados en enviar su informe, en este caso me toco con el Consejo Paracentral, pero el problema no fue ese, inicie normalmente la solicitud y en un primer momento se ordeno solicitar los informes correspondientes, ante la tardanza volvi a solicitarlos al juzgado de vigilancia como en 4 ocasiones mas y en ninguna de esas cuatro ocasiones se me dio respuesta alguna, ni se volvieron a pedir, al presentarme al consejo paracentral siempre se me decia que no se encontraba a mi cliente en su base de datos por lo que me pidieron una copia simple del oficio donde se habia solicitado el informe, al presentarme al juzgado no se me quizo dar una copia sino solo el numero de oficio (vejatorio ante la ley), pero el notificador al ver el oficio me dijo que por error el colaborador lo habia dirigido al consejo criminologico central y no al paracentral y ya han pasado 6 meses desde que inicie la solicitud, y el colaborador no salio ni a disculparse solamente dirigio el oficio donde corresponde para corregir ese error tremendo, ahora mi plan es iniciar un habeas corpus de pronto despacho dirigido en contra del consejo criminologico como si yo no supiera de esa situacion y ahi que el juez ejecutor investigue que paso en realidad para que se ordene tambien al consejo que acelere su informe que opinan me pueden ayudarf con su experiencia
soulscapoke escribió: queridos colegas en primer lugar agradezco mucho al que me ayude, yo estoy promoviendo la libertad condicional ordinaria de mi cliente, como es sabido los consejos criminologicos son exageradamente tardados en enviar su informe, en este caso me toco con el Consejo Paracentral, pero el problema no fue ese, inicie normalmente la solicitud y en un primer momento se ordeno solicitar los informes correspondientes, ante la tardanza volvi a solicitarlos al juzgado de vigilancia como en 4 ocasiones mas y en ninguna de esas cuatro ocasiones se me dio respuesta alguna, ni se volvieron a pedir, al presentarme al consejo paracentral siempre se me decia que no se encontraba a mi cliente en su base de datos por lo que me pidieron una copia simple del oficio donde se habia solicitado el informe, al presentarme al juzgado no se me quizo dar una copia sino solo el numero de oficio (vejatorio ante la ley), pero el notificador al ver el oficio me dijo que por error el colaborador lo habia dirigido al consejo criminologico central y no al paracentral y ya han pasado 6 meses desde que inicie la solicitud, y el colaborador no salio ni a disculparse solamente dirigio el oficio donde corresponde para corregir ese error tremendo, ahora mi plan es iniciar un habeas corpus de pronto despacho dirigido en contra del consejo criminologico como si yo no supiera de esa situacion y ahi que el juez ejecutor investigue que paso en realidad para que se ordene tambien al consejo que acelere su informe que opinan me pueden ayudarf con su experiencia
dilación indebida cuando incide en el derecho de libertad, la autoridad no ha emitido pronunciamiento oportuno ante lo requerido, lo que imposibilita la protección jurisdiccional que garantiza la Constitución y por lo cual se ha visto vulnerada por la conducta mostrada, al no pronunciarse respecto a solicitudes concretas que tenían por objeto verificar la procedencia de otorgar al favorecido un beneficio, desde mi punto de vista el habeas corpus de pronto despacho es su opción.
Buenas noches.
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