Buenos dias estimados,
la consulta es la siguiente:
Tengo a la vista una escritura que el ISTA le entregó en el año 1994 a un beneficiario de la reforma agraria y que en una de sus clausulas se expresa (Respecto a otorgar una compraventa sobre ese inmueble) "Las personas naturales beneficiarias de la reforma agraria podran vender, donar, arrendar, hipotecar los inmuebles que se les han transferido. Las ventas, donaciones y arrendamientos estaran limitados a que el comprador, donatario y el arrendatario sean calificados por la Junta Directiva del ISTA como beneficiarios de la reforma agraria"
Es el caso, que el señor, actual propietario de dicho inmueble desea venderlo a una persona particular (por llamarlo de este modo).
¿se podra otorgar compraventa a favor de esta persona?
¿que implica la clausula que se encuentra en este contrato?
¿que puede hacer el comprador para poder comprar este imueble?
La pregunta surge ya que en la zona, si bien es una zona rural, la mayoria de los inmuebles ya no pertenecen a personas que se dedican a actividades agricolas, aun, se ha construido una residencial de categoria alta a unos metros de donde se encuentra este inmueble. segun entiendo, toda esta zona pertenecio a personas beneficiadas de la reforma agraria pero con el pasar del tiempo de alguna manera se han hecho compraventas a favor de particulares. La pregunta es ¿como hacerlo?
en mi caso, tanto el comprador como el vendedor desean hacer el contrato, pero, quizas no basta el consentimiento ya que existe esta clausula....
Algunos colegas me mencionan que si el comprador modifica su profesion u oficio a "agricultor" perfectamente se puede hacer la compraventa...
Buenos días amigo, ya pasó más de un año desde que formuló su duda, ¿Será que resolvió? pues yo tengo el mismo inconveniente, y en el CNR unicamente me dijeron que tenia que llevar una constancia firmada y sellada de la Cooperativa que en aquel entonces transfirió la tierra al que figurará con vendedor en mi caso.