Necesito su ayuda. Tengo que rectificar una escritura de mutuo otorgada a favor de una financiera; en el acto original no compareció el representante legal de dicha financiera, solamente el deudor. Es necesario que en la rectificación comparezca la financiera o solamente el deudor?
No, no es necesario que comparezca el representante de la financiera pues en el mutuo original no compareció, me imagino que la va a rectificar por que omitió algún requisito verdad? si es así rectifiquela y que se la firme el deudor, si comparece persona diferente a los compareciente del mutuo original se la puede prevenir el registrador.BENDICIONES.
Perdone pero no estoy de acuerdo, A MI CRITERIO CLARO QUE DEBE COMPARECER. Aquí hay que considerar que el Notario debe garantizar los intereses de ambas partes y no puede disponer de los derecho que pertenecen a la Financiera, no se podrá modificar ni aún un número del DUI o NIT del deudor, por que ya es diferente el titular de ese documento, mucho menos plazo, intereses, o alguna de las condiciones generales o especiales, pero en definitiva, cada Notario responde por los actos o contratos que ante sus oficios se otorgan. (Arts. 1, 2, 8 11, LN.)
Bueno miren yo trabajo con una cooperativa y en los mutuos solo comparece el deudor y a mi me paso que tuve que rectificar una escritura por que el notario con el que trabajaba no se fijo y omitió un requisito del contrato, entonce tuve que hacer una rectificación de la escritura, yo pregunte en el registro y me dijeron que solo el deudor iba a comparecer en la escritura de rectificación porque solo el había comparecido en la escritura a rectificar, y la presente al registro y me la inscribieron sin ningún problema, por esa experiencia es que hice este comentario. Bendiciones a todos.