necesito ayuda ugente,Bueno tuve dos juicios ambos no a mi favor, elprimero de usurpacion, por que un se;ora vive en mi casa pero dice quetiene un contrao verbal, asi que la usurpacion no procedio, y el segundo de inquilinato y que la jueza de paz dijo que esa era la via indicada, pero resulta que en inquilinato la jueza no dio el lanzamiento por que dice que al no haber contrato no puede dar a favor mio sin embargo hizo pagar la multa por falta de contrato y despues manifesto que no procedia.
Que instancia me queda y por favor necesito algun abogado ue me asesore en esta materia estoy perdiendo por que no entiendo cual es el criterio de la jueza.
donde esta ubicado el inmueble para que juez de primera instancia de ese lugar sea competente...ya que estos procesos los ve mayoria los juzgados civil.mercantil...bueno hasta donde tengo entendido cuando tu demanda es por desocupacion y canones adeudados generalmente las personas en la audiencia llegan al acuerdo de pagar los canones adeudados y que las personas continuen viviendo en la casa, cuando por segunda vez esto sucede procede la desocupacion
en mi criterio primero que nada realizar el contrato de arrendamiento con letras de cambio, para asegurarte el pago,,segundo si esta persona vuelve a caer en mora, entonces ahora que tengas el contrato tienes los instrumentos que te amparen
QUE INTERESANTE YA QUE ESTOS CASO HAY MUCHO PERO SURGE UNA DUDA YA INTENTARON HACER EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y LA PERSONA QUE DICE TENER EL ACUERDO DE MANERA VERBAL QUE ACCIONES A EJECUTADO EN TU CONTRA!!!
bueno la multa por falta de contrato se ordena al final, es decir en la sentencia y me extraña que se hable de multa, pues eso significa que resolvieron el caso y no a tu favor.
Ahora para probar el contrato verbal se hace por medio de la Declaración de parte, como la llama el nuevo Código Procesal Civil y Mercantil, o lo que antes eran las posiciones o Pliego de Posiciones. saludos