Hola a todos,,,,perdon por la ignoracia, se que en materia de familia no permiten en las audiencias las asistencia del asistente no letrato, no asi en materia penal y penitenciaria, pero es permitida la asistencia del asistente no letrado en los procesos en el juzgado de lo laboral
Hola en cuanto a tu pregunta, en materia laboral puedes comparecer no solo como asistente no letrada sino como representante de alguna de las partes, con base al art. 375 lit d... espero haber resulto tu duda
muy cierto lo que dice mary, si puedes comparecer como asistente no letrado o representar alguna de las parte, eso es lo mismo cuando haces las practicas en materia laboral entras a las audiencias como asistente no letrado