Segun acta de audiencia conciliatoria " Fue la trabajadora quien hizo un mal comentario a la esposa del de patrono diciendo que todo lo que decia jefa del personal lo hacia patrono, agregando que haber que habia entre los dos"
Segun lo narrado por la trabajadora dijo que al conversar con la esposa del patrono le dijo a esta que el patrono hacia lo que la jefa de personal le decia, la esposa del patrono le dijo hay algo entre los dos, a lo que le dijo la trabajadora que a ella no le constaba, en reunion la esposa del patrono asegura que la trabajadora le dijo que su esposo se tenia algo con la jefa de personal.
Seran estas palabras tan abiertas "haber que habia entre los dos" suficiente para encajarlo en el numeral 7 del art. 50 "Por cometer el trabajador actos graves de irrespeto en contra del conyugue del patrono".
Porque a mi criterio depende mucho del alcanze que le demos a las palabras que opinan?
Hola!!
Disculpa las molestias, pero me gustaria saber si podrias subir esa acta o alguna otra de audiencia conciliatoria de proceso laboral, es para fines didacticos. De antemano muchas Gracias!
Pues para cerrar el final de esta historia, les comento que luego de investigar sobre el irrespeto visto desde el punto de vista de el tratado de derecho laboral de guillermo cabanelas dentro de las circunstancias que expone habla que el irrespeto ademas de ser algo subjetivo debe ser provocado por la contraparte, en dicha situacion tales palabras de la trabajadora fueron puestas en boca de esta por parte de la esposa del patrono, ya que esta ultima tenia sospechas al parecer fundadas sobre una relacion mas que laboral entre la jefa de personal y este, al final se llego a un arreglo conciliatorio ante el juez de lo laboral en virtud que por ser el despido por causas personales mas que laborales los exhortaba a conciliar, pero en dicha audiencia el patrono ni se asomo, presumo porque este no queria que las cosas llegaran a mas, lo unico que les puedo decir de mi parte, que el patrono no tiene nada de inocente en todo esto si en audiencia conciliatoria en sede del ministerio de trabajo se comporto hacia mi persona de manera alzada y petulante sin escuchar razones y pretenderme acusarme de calumnia porque simplemente le sugerile que llegaramos hasta las fase del interrogatorio de testigos...