Buenas tardes colegas necesito de su ayuda y conocimientos, ya que soy nueva en esto y no tengo mucha experiencia... Tengo un caso el cual me genera muchas dudas.
el caso es de la siguiente manera: Un señor "X" tiene una casa y la da en arrendamiento verbal a "Y", viene "Y" vende la casa de "X" a "Z" quien seria el comprador, se presenta la compraventa al CNR y observan que no se inscribe por una confusión con los # de Nit de vendedor y comprador y ademas por estar hipotecada con el FSV, lo cual es cierto porque "X" que seria mi cliente no ha terminado de cancelar la casa que adquirió con el fondo. Ahora bien lo raro es que "X" en ningún momento ha tenido intención de vender y no sabe como "Y" le dio venta a "Z", si falsifico la firma del verdadero dueño(X) como si el esta dando venta, oh vendió como si el fuese el dueño(Y), y quiere que se pida la nulidad del documento primero porque el no es quien esta vendiendo y segundo porque aun este hipotecado y no se pueda inscribir mientras tanto, teme sea inscrita al momento de el terminar de pagar la deuda que ya es poco...
Que necesito para seguir la nulidad? No tiene el documento que tiene el vicio de la nulidad, ni los datos para pedirlo a la sección del notariado, que son necesarios para hacer la relación de los hechos y ser este el documento nulo??? y a quien se demandaria???? seria a "Y"??? de quien solo tengo el nombre???
Sandris escribió: Buenas tardes colegas necesito de su ayuda y conocimientos, ya que soy nueva en esto y no tengo mucha experiencia... Tengo un caso el cual me genera muchas dudas.
el caso es de la siguiente manera: Un señor "X" tiene una casa y la da en arrendamiento verbal a "Y", viene "Y" vende la casa de "X" a "Z" quien seria el comprador, se presenta la compraventa al CNR y observan que no se inscribe por una confusión con los # de Nit de vendedor y comprador y ademas por estar hipotecada con el FSV, lo cual es cierto porque "X" que seria mi cliente no ha terminado de cancelar la casa que adquirió con el fondo. Ahora bien lo raro es que "X" en ningún momento ha tenido intención de vender y no sabe como "Y" le dio venta a "Z", si falsifico la firma del verdadero dueño(X) como si el esta dando venta, oh vendió como si el fuese el dueño(Y), y quiere que se pida la nulidad del documento primero porque el no es quien esta vendiendo y segundo porque aun este hipotecado y no se pueda inscribir mientras tanto, teme sea inscrita al momento de el terminar de pagar la deuda que ya es poco...
Que necesito para seguir la nulidad? No tiene el documento que tiene el vicio de la nulidad, ni los datos para pedirlo a la sección del notariado, que son necesarios para hacer la relación de los hechos y ser este el documento nulo??? y a quien se demandaria???? seria a "Y"??? de quien solo tengo el nombre???
PUEDES SACAR LOS DATOS EN EL CNR, PUES COMO BIEN DICES, YA OBSERVARON ESA VENTA Y POR LO TANTO YA PUEDES VERLA EN EL SISTEMA, SACA LOS DATOS, CON ELLOS PIDE EL TESTIMONIO A LA CORTE; Y ESE ES TU DOCUMENTO BASE DE LA ACCION. ADEMAS SI OBSERVAS QUE EN ESA COMPRAVENTA FALSA HA COMPARECIDO UN SUPUESTO APODERADO, TAMBIÉN DEBES PEDIR EL TESTIMONIO DE ESE PODER.
TODO DEPENDE DE LO QUE ENCUENTRES EN ESA SUPUESTA VENTA, PARA DEDUCIR RESPONSABILIDADES Y SABER QUIEN ES TU LEGITIMO CONTRADICTOR, A EFECTO DE QUE LA DEMANDA NO SE VUELVA INEPTA.
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."
La LEY DE PROCEDIMIENTOS UNIFORMES PARA LA PRESENTACIÓN, TRÁMITE Y REGISTRO O DEPÓSITO DE INSTRUMENTOS EN LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS, SOCIAL DE INMUEBLES, DE COMERCIO Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL, estblece en su Art. 7 y siguientes, un plazo de TREINTA DIAS para subsanar cualquier observacion que se le haga a cualquier instrumento. Si el inmueble se encuentra hipotecado a favor del FSV, sera OBSERVADA la venta del referido inmueble y tendran unicamente el plazo de 30 para subsanar dicha observacion, por lo que es lo mas seguro que DENIEGUEN la inscripcion de la venta por ministerio de ley, lo que significa que perdera su presentacion como que nunca se hubiese presentado nada al CNR, quedando sin ningun efecto juridico frente a terceros, la venta que han presentado.
No obstante ello, seria conveniente solicitar la nulidad del instrumento, pidiendo la experticia grafotecnica, a efecto de demostrar que su cliente no ha firmado ninguna venta, todo lo cual debera promoverlo en un Juzgado de lo Civil y Mercanti. Incluso el Notario que efectua la venta, puede salir sumamente perjudicado, si se presto a hacer una venta a sabienda que el propietario no era que el comparecia
Gracias Munrruaa, por su aporte y efectivamente la fecha de presentación fue a finales del año 2012, por lo que no pudieron subsanar, pero siempre se seguirla la nulidad porque podría darse el caso que posterior al pago de la hipoteca se presente nuevamente dicha compraventa..
ESTIMADA COLEGA, BUEN DÍA, NO SE SI RESPUESTA ES TARDÍA. EN ESE TIPO DE CASOS ES INDISPENSABLE REALIZAR EL PERITAJE GRAFOTECNICO, PODEMOS DARLE ASESORÍA EN TODO LO RELACIONADO CON LA PRUEBA QUE EN ESTE TIPO DE CASOS ES DETERMINANTE, POR LO QUE HAY QUE CUIDAR QUE SE REALICE BIEN.
SOY PERITO GRAFOTECNICO Y SI AUN ESTA EN TIEMPO, PUEDE COMUNICARSE CON MI PERSONA A LOS TELEFONOS: 77879154, 7945 1530 Y AL 2441 2509 (MAS SEGURO EL MOVIL).