Estimad@s me urge, alguien tendrá un modelo de Declaración Jurada de Convivencia ya que los convivientes se mudan de país y al destino que van como no están casados y uno de ellos es el que lleva trabajo seguro el otro no, por lo que le piden demuestre su convivencia, dentro de esta declaración jurada podrán ir testigos? servira un acta notarial o tendra que ser en escritura publica? gracias por sus aportes....
Estimado Amigo, en mi opinión no creo que un notario tenga facultad para que por medio de una Declaración Jurada pueda determinar la calidad de Convivientes, ya que el art.123 CF en su inc. final señala que siempre que se requiera acreditar la calidad de conviviente, para hacer uso de cualquier derecho que otorga el codigo de familia, aquella "DEBERA" declararse judicialmente, por esa razon mejor le recomiendo que sobre ese entendido inicie Diligencia de Jurisdicción Voluntaria Familiares deacuerdo al art. 179 Pr.Fm y sobre la base del art. 205 Pr.Fm, pidan al juez en forma conjunta por los convivientes, la Declaratoria de Convivencia que como dije, en mi opinion tendra mayor robustez.
El siguiente usuario dijo gracias: suley, Terquedad
Gracias, fíjese que el problema es que no hay tiempo pues ellos se mudan del país y es para efectos de demostrar ante migración del país de destino que ambos son pareja desde hace mucho tiempo ya que uno de ellos va como empleado a una ong y el otro es su pareja y a iniciar los tramites de residencia para poder trabajar allá, se que la declaratoria judicial es la de mayor validez, pero por la premura de la situacion me avoco al foro... muchas gracias, por cierto ellos se van el dia lunes 09 de septiembre...
HOLA, CONSIDERO MUY IMPORTANTE LO Q DICEN LOS COLEGAS, DE LO DECLARATORIA JUDICIAL, PERO POR LA PREMURA DEL TIEMPO CONSIDERO QUE PUEDE HACERSE VIA NOTARIAL, EN UNA DECLARACION JURADA, Y CONSIDERANDO QUE SOLO ES ESO UNA DECLARACION PARA HACERLA VALER ANTE QUIEN LE INTERESE, X LO MENOS MI PERSONA LAS HA HECHO VALER EN AUDIENCIAS DE PROCESO PENITENCIARIOS PARA OPTAR A LA LIBERTAD CONDICIONAL X EJEMPLO.
Estimados colegas, efectivamente y tal como lo señalan la Declarotaria de Conviviente es exigible para hacer valer un derecho de los convivientes como regimen patrimonial, protección para la vivienda familiar, derecho a suceder o alguna accion civil, pero para los efectos que señala, la declaracion jurada es una buena opción.
Gracias a toda@s los que se tomaron la tarea de responder, pues realizamos una declaración jurada en acta notarial y luego otra con dos testigos, sabemos que no sur tira efecto legal en otro país pero al final lo que querían era demostrar su relación, por lo que les aconseje imprimr fotografías para sustentar lo anterior un poco raro pero ni modo.... gracias.....