Una consulta, hoy un colega me preguntaba (el si paso el examen de notario yo no) lo siguiente:
El pidio las hojas de protocolo, y la razon de apertura lleva la fecha del 1 de julio (y ese dia le dijeron que fuera a retirar las hojas), pero el retiro las hojas hasta el 2 de julio, y le dieron a firmar un documento en el que decia que se las entregaban, y decia una fecha que el no recuerda.
Entonces el me pregunta que cuando le vence el protocolo, (como contara el año de vigencia?) si a partir de la fecha que dice la razon de apertura (1 de julio) o desde que se lo entregaron (2 de julio que fue el dia que las llego a retirar)?
Y otra cosa, esta pregunta parece de examen no creen, parece facil pero deja dudas no creen (eso si no me digan ninguna de las anteriores por favor, o si)?
Última Edición: 16 Jul 2013 17:48 por jocelynsofi.
jocelynsofi escribió: Una consulta, hoy un colega me preguntaba (el si paso el examen de notario yo no) lo siguiente:
El pidio las hojas de protocolo, y la razon de apertura lleva la fecha del 1 de julio (y ese dia le dijeron que fuera a retirar las hojas), pero el retiro las hojas hasta el 2 de julio, y le dieron a firmar un documento en el que decia que se las entregaban, y decia una fecha que el no recuerda.
Entonces el me pregunta que cuando le vence el protocolo, (como contara el año de vigencia?) si a partir de la fecha que dice la razon de apertura (1 de julio) o desde que se lo entregaron (2 de julio que fue el dia que las llego a retirar)?
Y otra cosa, esta pregunta parece de examen no creen, parece facil pero deja dudas no creen (eso si no me digan ninguna de las anteriores por favor, o si)?
En la practica la vigencia del libro de protocolo es la que consignan en la razón de apertura. Si esa razón dice que es para que autorice instrumentos ante sus oficios notariales a partir de esta fecha, se entenderá que su protocolo es vigente desde el 1 de julio de 2013 al 1 de julio de 2014.
Ley de Notariado. Art. 18.- Las hojas para la formación de libros de protocolo y los libros ya formados, a que aluden los incisos primero y último del artículo anterior, una vez hecha la correspondiente legalización, tendrán vigencia y podrán ser utilizados durante un año contado desde el día de su entrega al Notario, debiendo usarse las hojas en el orden de su numeración. Una vez hecha la respectiva legalización las hojas de papel sellado sueltas o formando libros, pueden utilizarse y tendrán valor durante el año de vigencia de su legalización aún cuando su validez caduque en el curso de dicho año de vigencia de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Papel Sellado y Timbres.
buenas noches colegas
secundo la posicion del NVRAMIREZ en canto a lo que estipula el articulo 18 de la Ley de Notariado.
para mi saber y entender es correecta dicha posicion-
Si la razon tiene fecha uno de julio de dos mil trece, se vence el uno de julio de dos mil catorce, aunque el retiro lo haya efectuado con fecha posterior a la que dice la razon de apertura del protocolo.
Totalmente de acuerdo con todos los colegas, por que a mi me paso igual yo fui el siguiente dia de q me las autorizaran le vence el protocolo el 1 de julio 2014.
Gracias por el aporte, me guiare a lo que dice el articulo 18 de la Ley de Notariado.
Julio A. Magaña
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Skype: juliomaganalegal
guiese por la fecha en que se lo han habilitado en la seccion de not. o en el juzgado respectivo y de allí se va a basar. la verdad no se como es que no se ha fijado el notario pues en los paso ante mí, tiene que colocar la fecha que vence el libro que esta utilizando. sería bueno que revise como ha colocado a cada paso
Estimados colegas a mi me autorizaron el libro el 9 de julio de 2014, entonces segun el art. 18 LN en relación con el 46 C. me venció el 8 de julio de 2015. las dos opciones son aceptadas por la CSJ la suya y la mia.