La verdad, se lo explicare, el cliente era socio de la misma sociedad esta era de responsabilidad limitada, acontece lo siguiente el cliente le presta dinero a esta sociedad y bueno la misma atravez de su representante legal firma letras de cambio, pagares y mutuos, a favor de mi representado, la sociedad poseia un restaurante y luego de un par de meses se vende por un presio risible al que en verdad es su valor,, mis clientes exigen el pago de la deuda , pero no se responasabilizo a nadie de la misma, los socios salen del pais, incluyendo el representante legal. en este caso ya ejecute una accion civil, por la letra de cambio, el cliente interpuso la denuncia en la fiscalia, en este caso tengo que seguier el proceso penal que hago, puesto que los socios estan fuera del pais y todas las pertenencias de los mismos pasaron antes de la venta del restaurante y luego de esta inmediatamente a manos de otras personas. que hago???
Mi consejo es que que no hay nada que hacer, pues si no hay bienes que embargar, las letras de cambion, mutuos y pagares, se pueden seguir juicios ejecutivos, y el el Juez emitir una sentencia condenatoria a favor de tu representado, pero igual si no hay bienes que rematar, solo te queda el desgaste.
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
SI TU CLIENTE YA INTERPUSO DENUNCIA EN LA FISCALIA, PUEDES CONVERTIRTE EN QUERELLANTE, ADEMAS EN ESE SENTIDO, PUEDES COOPERAR CON EL FISCAL, PARA PROPORCIONAR INFORMACION SOBRE LOS POSIBLES IMPUTADOS, COMO POR EJEMPLO LOS NOMBRES DE ELLOS, SU DIRECCION EN EL EXTRANJERO SI LA CONOCES, TALVEZ EL FISCAL SSE ANIMA A DAR ORDENES ADMINISTRATIVAS EN CONTRA DE ELLOS, DE MODO QUE UNA VEZ REGRESEN AL PAIS, TENGAS COMO HACERLOS COMPARECER ANTE LA JUSTICIA.
Si apoyo la tesis del compañero, si no hayy vienes que rematar es mas el desgaste que va a tener y podria seguirse el proceso de estafa pero hasta ahi bueno esa es mi pequeña opinion