EL CASO ES EL SIGUIENTE, EN UN JUICIO CIVIL ME DESIGNARON COMO LA PERSONA A LA QUE POR MEDIO DE ELLA LE NOTIFICARAN A LA PARTE DEMANDANTE. RESULTA QUE EL COLABORADOR DEL JUZGADO LES TOMO FIRMAS A AMBAS PARTES PARA MONTAR SOBRE ELLAS LOS NOMBRAMIENTOS, Y LOS PUSO AL REVÉS, OSEA, A MI ME PUSO COMO DESIGNADO DEL DEMANDADO. PUES RESULTA QUE HASTA AHORA NOS VAMOS DANDO CUENTA DE ESE ERROR, ME REPERCUTE A MI EN ALGUN TIPO DE RESPONSABILIDAD SI EN ALGUN MOMENTO SE DA ALGUN AGRAVIO POR FALTA DE NOTIFICACIÓN?
hum... mi humilde opinión:
quien se equivocó fue el resolutor,
pero debes curarte en salud:
presenta un escrito para que se subsane el error lo más pronto posible.
espero te sirva.
bendiciones.
Colega independientemente d quien se equivoco se corre el riesgo q el demandado anule el proceso por violación d su derecho d acceso a la jurisdicción, defensa, debido proceso etc ( todas garantías constitucionales) por q recuerde q el derecho tanto d audiencia como d defensa descansan en una correcta notificación sin la cual la ley es clara nulidad procesal saludos...
bueno, yo decía si había repercusiones para el comisionado... no toqué el punto de las consecuencias para el proceso, el cual es muy bueno de parte, muy claro