NECESITO SABER CUANTO COBRA DE HONORARIOS UN EJECUTOR DE EMBARGO, POR TRABARLO SOBRE UN INMUEBLE QUE ESTA HIPOTECADO A FAVOR DE UNA FINANCIERA.
EL CASO ES QUE EL DEUDOR NO TIENE MAS BIENES QUE ESE INMUEBLE QUE ESTA HIPOTECADO, POR LO CUAL ES LO ÚNICO QUE SE PUEDE EMBARGAR, ESPERANDO QUE EL DEUDOR ALGÚN DÍA PAGUE EL PRÉSTAMO Y LIBERE EL INMUEBLE POR LO QUE MI CLIENTA NO OBTENDRÍA MAYOR BENEFICIO CON EL EMBARGO DEL MISMO EN ESTE MOMENTO.
EL EJECUTOR LO PUSO DE OFICIO EL JUZGADO Y QUIERO SABER CUANTO ME PODRÍA COBRAR, EL PROCESO SE ESTA LLEVANDO EN LOS JUZGADOS DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR Y EL BIEN A EMBARGAR ESTA EN LA LIBERTAD.
La verdad se cobra deacuerdo al monto de la deuda, pero en general se maneja un máximo y un mínimo en algunos casos.
Imagínate si cobras el 10% de $5000. solo de ejecutor tendrías que pagar $500.00
En mi caso soy ejecutora y tengo una tabla de cobro.
Espero te sirva.
Bendiciones
Y vio Dios que todo era bueno... y aparecieron los abogados...
ME PODRIA REGALAR LA TABLA ME LA ENVIA A ESTE CORREO Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
colega grisolia me podria proporcionar u tabla de honorarios al Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Ramirez y Asociados
wsp 75944115
correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Abogado Laboralista
Colega abogado litigante, usted esta siguiendo embargo parecido al mío, ya que la deudora solo posee una casa, pero esta se encuentra hipotecada por una entidad financiera, pero resulta que cuando se presento oficio decretando que se trabe embargos sobre las propiiedades de la demandada y especificamente en esa casa, cuando lo presente al C.N.R., esta fue observada ya que manifiesta que el inmueble esta hipotecada a favor del Banco Agrícola y por lo tanto esta no puede ser embargada, ya que debo llegar a un acuerdo con el hipotecante, y éste autorizarme para que se pueda inscribir el embargo, de conformidad al artículo 231 inciso sexto de la Ley de Bancos. el cual reza lo siguiente " CONSTITUIDO EL GRAVAMEN HIPOTECARIO A FAVOR DE UN BANCO SOBRE EL INMUEBLE OBJETO DE LA GARANTÍA Y DESDE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA ANOTACIÓN PREVENTIVA EN CUALQUIERA DE LOS REGISTROS RESPECTIVOS, EL INMUEBLE NO PODRÁ SER OBJETO DE AFECTACIONES, GRAVÁMENES, EMBARGOS, TRANSFERENCIAS, ENAJENACIONES O CUALQUIER OTRO DERECHO QUE SOBRE EL MISMO SE PRETENDA INSCRIBIR, A MENOS QUE EXISTA ACUERDO ESCRITO ENTRE EL HIPOTECANTE Y EL ACREEDOR, DE CONFORMIDAD A LOS EFECTOS CONTEMPLADOS EN ESTE ARTÍCULO.
TAMPOCO SERÁ INSCRIBIBLE SIN EL REFERIDO ACUERDO ESCRITO, NINGUNA AFECTACIÓN, GRAVAMEN, EMBARGO, TRANSFERENCIA, ENAJENACIÓN O CUALQUIER OTRO DERECHO QUE SE PRETENDA INSCRIBIR A FAVOR DE UN TERCERO, SOBRE LOS ELEMENTOS DE UNA EMPRESA QUE SE ENCUENTRE HIPOTECADA A FAVOR DE UN BANCO.
Ya intente de llegar a un acuerdo con el Banco, pero este no accedió a tal petición, es difícil que una Entidad Financiera, permita que un tercero venga y pida este que se embargue el inmueble que tiene como garantía el Banco. y eso me ha pasado a mí.
Colegas en estos casos que se puede hacer cuando el Banco, no permite que un tercero pueda embargar el inmueble que esta hipotecado a su favor.
Buenas
necesito un ejecutor., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Última Edición: 08 Ene 2018 17:43 por elpracticante.
Buenas Tardes, me podría hacer el favor de compartirme su tabla de cobro, al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.