EL CASO LICENCIADOS ES QUE ME PASARON UN CASO EN MI LUGAR DE TRABAJO DONDE SE DECLARO LA PRESCRIPCION DE LA ACCION EJECUTIVA, PERO EN RESOLUCION DE CAMARA HA QUEDADO SALVADA LA ACCCION HIPOTECARIA LA CUAL VENCE EN 20 AÑOS CON EL PROCESO ORDINARIO DE 20 AÑOS, PREGUNTO : COMO ADAPTO EL PROCESO CORDINARIO ANTIGUO CON EL NUEVO PROCESO CIVIL Y MERCANTIL, SABIENDO QUE EL DEUDOR NO HA PAGADO NADA DESDE HACE 18 AÑOS UN TERRENO? NECESITO DE SU AYUDA. ???