NECESITO ASESORIA MI CLIENTE ESTA EN LOS EEUU, Y QUIERE DIVORCIARSE LA ESPOSA SE ENCUENTRA EN EL SALVADOR Y ESTA DISPUESTA A DIVORCIARSE PREGUNTA:
MI CLIENTE EN LOS EEUU ME TIENE Q ENVIAR UN CONVENIO DESDE ALLA Y LA ESPOSA REALIZAR UNO ACA?
Puede hacerlo de dos formas:
UNA: Que el cliente envie un poder facultando a xxx persona a otorgar el convenio ante Notario salvadoreño, y enunciar uno a uno los requisitos a cumplir de acuerdo al art. 108 y 109 CF, es decir que puede el apoderado expresarse sobre cada una de las clausulas; asì mismo para ratificar el Convenio, y/o modificar si fuere procedente... Darle cumplimiento a la literalidad de las facultades enunciadas en el PCM
DOS: Puede otorgar Convenio dandole cumplimiento a lo establecido en las mismas disposiciones legales, ante el cònsul, embajador o notario salvadoreño y remitirlo al paìs.
Si es ante el cònsul o embajador debe autenticarse la firma, y si es ante Notario, la firma del funcionario no se autentica.
La clave esta en seguir una a una las claùsulas del art. 108 CF.