Hola estimados colegas, los quiero molestar de nuevo, deseo saber si alguien puede orientarme en cuanto a que si puedo hacer vía notarial DILIGENCIAS PREVIAS AL NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD-LITEM A UN AUSENTE NO DECLARADO, de un señor que falleció en 1944, no omito manifestarles que para hacer este trámite ya agoté la mayoría de las instancias, mi interrogante es que si se puede hacer esta declaratoria de ausencia vía notarial despues de tantos años que han pasado.- Bueno yo estoy confundida ayudenme por favor ok.-
Sabes amigo,hace como tres años tuve un caso similar, pero antes de iniciarlo ante mis oficios como Notario CONSULTE A LA SECCION DE NOTARIADO por aquello de que me puedan observar el trámite a la hora de entregar mi Libro y ene fecto se me dijo QUE NO PODIA REALIZAR una diligencia parecida a la tuya debido a que cuando la persona fellecio aun no EXISTIA LA LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE LA JURISDICCION VOLUNTARIA, consecuentemente NO PODES HACER RETROACTIVA LA LEY a hechos pasados, era obvio que si aun con esa explicacion lo hacía me podrían observar la DIligencia y además complicar a mi cliente, bueno pues LO REALICE TODO VIA JUDICIAL y asi ya no tuve problemas....recomiendo que mejor a lo seguro LA VIA JUDICIAL Amigo. Salduos
Muy amable colega y seguiré tus instrucciones de hacerlo vía judicial solo me detendré para esperar que el Juzgado me devuelva toda la documentación anterior ok gracias por tu tiempo colega.-