Hola, te envio una solicitud, pero esta es notarial.....
lamento la tardanza, pero literalmente ¨perdi mi meroria"pero la USB.....
En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día cuatro de abril del año dos mil doce.- Ante Mí, LEONEL DE JESUS GRANADOS SORIANO Notario de este domicilio, comparece la señora FELICITA TORRES CASTILLO, quien es de sesenta y tres años de edad, ama de Casa, del domicilio Tamanique, Departamento de La Libertad, persona a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número cero cero nueve cinco cuatro nueve tres nueve-cuatro, Y ME DICE: Que viene a iniciar diligencias de TITULACION SUPLETORIA de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el cantón Los LLanitos, Jurisdicción de Ilobasco, Departamento de Cabañas, de la extensión superficial de QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS PUNTO SETENTA Y UN METROS CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes, AL NORTE: en veintiséis metros cuarenta centímetros, con terreno que fue del señor José Guillermo Rivera, Hoy de doña Isabel Calderón, viuda de Rivera, divide cerco de piedra del colindante de por medio, desde el jiote expresado recto a otro jiote esquinero; AL ORIENTE, en veintiocho metros ochenta centímetros, desde el mojón de jiote en línea recta a llegar a otro mojón de jiote, colinda con terreno del señor José Israel Urías Torres, AL SUR, en veintidós metros ochenta centímetros, del mojón de jiote, antes mencionado, en línea recta allegar a otro mojón de jiote, cerco de alambre de por medio, colinda con resto del terreno de María Anita Abrego de Méndez y AL PONIENTE, en dieciocho metros con noventa centímetros del mojón de jiote últimamente dicho en línea recta al llegar al mojón de jiote donde se comenzó la presente descripción, colinda con terreno de la señora María Elena Abrego. Dicho inmueble carece de construcciones y cultivos permanentes, dicha porción gozara de servidumbre de transito de tres metros de ancho por el rumbo oriente, sobre el resto del terreno de María Anita Abrego de Méndez, para salir a la carretera nacional; es parte integrante y se desmembra de otro inmueble mayor de la misma naturaleza y situación que el anterior de la extensión superficial de DOCE AREAS, el cual no se encuentra inscrito a favor de María Anita Abrego de Méndez, en el Registro respectivo, pero que le corresponde por escritura pública de compraventa otorgada en esta ciudad a las diez horas del día dieciséis de septiembre de mil novecientos ochenta y seis, ante los oficios del notario Guillermo Revelo Domínguez. El terreno descritos no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; Que dicho inmueble lo adquirió por compra en Escritura Pública otorgada en la ciudad de Ilobasco a las diez horas y treinta minutos del día siete de septiembre de dos mil cuatro, ante los oficios del Notario Ronald Giovanni Cardona Alvarado, que le hizo la Señora María Anita Abrego de Méndez, en esa fecha de cincuenta y tres anos de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Cuscatancingo, y portadora de su documento único de identidad cero uno nueve tres ocho siete seis uno – tres. Que la posesión que tiene la compareciente unida a los anteriores propietarios, resulta ser por más de veinticinco años consecutivos; los cuales ha poseído en forma quieta, pacífica e ininterrumpida; y por carecer de Título de dominio inscrito, comparece ante mis oficios notariales, para que de conformidad con lo establecido en el Artículo Dieciséis de la LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE LA JURISDICCION VOLUNTARIA Y DE OTRAS DILIGENCIAS, seguidos que sean los trámites que la misma señale, se extienda a su favor el título que solicita. Valúa dicho terreno en la suma de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA cada uno. Así se expresó la compareciente a quien expliqué los efectos legales de esta acta notarial que consta de una hoja útil frente y vuelto, y leída que se la hube íntegramente en un solo acto ininterrumpido ratifica su contenido y para constancia firmamos. DOY FE.-