SERA QUE EL JUEZ DE INSTRUCCION PUEDE ADMITIR UNA PRUEBA DE RECONOCIMIENTO EN RUEDA DE PERSONAS QUE SE HAYA PRACTICADO UN DIA DESPUES DE VENCIDO EL PLAZO DE INSTRUCCION, AUNQUE HALLA SIDO SOLICITADA Y AUTORIZADA CON ANTERIORIDAD NECESITO COMENTARIOS PORFABOR
1cj escribió: SERA QUE EL JUEZ DE INSTRUCCION PUEDE ADMITIR UNA PRUEBA DE RECONOCIMIENTO EN RUEDA DE PERSONAS QUE SE HAYA PRACTICADO UN DIA DESPUES DE VENCIDO EL PLAZO DE INSTRUCCION, AUNQUE HALLA SIDO SOLICITADA Y AUTORIZADA CON ANTERIORIDAD NECESITO COMENTARIOS PORFABOR
Colega 1CJ
Gusto saludarte, de Penal se poco, pero no se si esta se puede considerar como prueba para mejor proveer, y creo que si el juez ya la había autorizado eso la hace valida, eso es como aquello, la caducidad de la instancia se aplica a las partes no al tribunal.