PLAZO DE INSTRUCCION

15 Jul 2012 21:43 #1 por 1cj
PLAZO DE INSTRUCCION Publicado por 1cj
SERA QUE EL JUEZ DE INSTRUCCION PUEDE ADMITIR UNA PRUEBA DE RECONOCIMIENTO EN RUEDA DE PERSONAS QUE SE HAYA PRACTICADO UN DIA DESPUES DE VENCIDO EL PLAZO DE INSTRUCCION, AUNQUE HALLA SIDO SOLICITADA Y AUTORIZADA CON ANTERIORIDAD NECESITO COMENTARIOS PORFABOR

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15 Jul 2012 21:49 #2 por Abhogado
Respuesta de Abhogado sobre el tema Re: PLAZO DE INSTRUCCION

1cj escribió: SERA QUE EL JUEZ DE INSTRUCCION PUEDE ADMITIR UNA PRUEBA DE RECONOCIMIENTO EN RUEDA DE PERSONAS QUE SE HAYA PRACTICADO UN DIA DESPUES DE VENCIDO EL PLAZO DE INSTRUCCION, AUNQUE HALLA SIDO SOLICITADA Y AUTORIZADA CON ANTERIORIDAD NECESITO COMENTARIOS PORFABOR


Colega 1CJ

Gusto saludarte, de Penal se poco, pero no se si esta se puede considerar como prueba para mejor proveer, y creo que si el juez ya la había autorizado eso la hace valida, eso es como aquello, la caducidad de la instancia se aplica a las partes no al tribunal.

Saludos

No soy un exegeta... pero tampoco soy un incauto
El siguiente usuario dijo gracias: 1cj

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