ESTA APELANDO LA SENTENCIA ABSOLUTORIA QUE DIO EL JUEZ DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA. A MI DEFENDIDO LO CONDENARON Y A OTROS DOS LOS ABSOLVIERON, PERO ESTA APELANDO LA ABSOLUCION DE LOS OTROS DOS, Y PIDIENDO QUE SE MANTENGA LA CONDENA DE MI DEFENDIDO.
hola si a tu cliente lo condenaron y estan pidiendo que se mantenga la condena, no es mas que una alzada de la fiscalia para que no apeles pidiendo se anule la sentencia para mi si estas dentro del termino de los diez dias tienes que apelar la sentencia condenatoria de tu cliente, si agraviada, considero que la fiscalia se te adelantó y eso no lo puede permetir la defenza, hay que jugarle le buelta a la fiscalia ellos son muy astutos mis respeto a los fiscales por que es su trabajo pero eso es una realidad
Asi como plantea el caso esta muy interesante colega...
El caso es que si la FGR Apelo contra la sentencia condenatoria contra su cliente puede contestar que esa Apelacion es Inadmisible debido que esa resolucion no le causa Agravio asi como lo establece el Art. 464 PrPn...
Pero como esa sentencia aquien le causa Agravio es a tu defendido tu puedes ADHERIRSE a la Apelacion segun el Art. 470 inciso final PrPn.
LA COSA ESTA ASÍ: A MI CLIENTE LO DETUVIERON POR ROBO AGRAVADO JUNTO A OTROS 2 MAS, SE HIZO UN RECONOCIMIENTO EN RUEDA DE PERSONAS DONDE LA VICTIMA RECONOCIO A LOS OTROS DOS, MAS NO ASI A MI DEFENDIDO, EN LA FASE DE INSTRUCCION SE DECIDIO MANDAR A SENTENCIA, BASANDOSE EN QUE LA VICTIMA HABIA DICHO LOS NOMBRES DE LOS IMPUTADOS Y QUE ESO ESTABA DUDOSO !! LUEGO EN VISTA PUBLICA SE INTERROGA A LA TESTIGO VICTIMA Y DICE QUE CONOCE AL SEÑOR FULANO DE TAL (MI CLIENTE) MENCIONANDO SUS DOS PRIMEROS NOMBRES Y UN APELLIDO, DE LOS OTROS NO MENCIONO NOMBRES SOLO LOS RECONOCIO COMO MEMO E ISAIAS. DIJO QUE LOS CONOCIA DE HACE MAS DE 10 AÑOS Y QUE LA ULTIMA VEZ QUE LOS HABIA VISTO ERA CUANDO ENTRARON A LA AUDIENCIA.
PENSE QUE EL JUEZ VALORARIA EL RECONOCIEMIENTO EN RUEDA DE PERSONAS, PERO NO FUE ASI!!!! DEJENME DECIRLES QUE ABSOLVIÓ A LOS OTROS DOS IMPUTADOS QUE SI FUERON RECONOCIDOS POR QUE DIJO QUE LA VICTIMA NO HABIA DICHO SUS NOMBRES Y POR LO TANTO NO ESTABAN INDIVIDUALIZADOS !!!
Y A MI CLIENTE LO CONDENA A 8 AÑOS Y MEDIO POR QUE LA VICTIMA MENCIONO SUS DOS NOMBRES Y UN APELLIDO, NI COMPLETO EL NOMBRE, Y DEJO A UN LADO EL RECONOCIMIENTO !!!!! QUE LES PARECE ESTO?????????
PUES YA INTERPUSE LA APELACION, Y LA FGR INTERPUSO LA SUYA EL MISMO DIA QUE YO. PUES LA FGR PIDIO LA REVOCATORIA DE LA SENTENCIA DE LOS OTROS DOS Y QUE LA DE MI CLIENTE SE MATUVIERA ASI.
YA CONTESTE ESTE DIA LA APELACION DE LA FGR, Y PUES VEREMOS QUE SUCEDE !!!