Colegas, disculpad mi ignorancia, pero no encuentro el articulado que determine cada cuanto deben realizarse las Juntas Generales de Socios en una Sociedad en Nombre Colectivo mencionadas entre los Arts. 88 y 90 del Código de Comercio.
Les agradeceré puedan ayudarme con lo pedido. ¡¡De antemano Gracias!!!
cada año despues de finalizado el año fiscal ya que es necesario que los sociosos sepan los ingresos y egresos que la sociedad a tenido ya que son aspectos elementales que deben tomar en cuenta