SE PUEDEN HACER ??????

05 Jul 2012 06:02 #1 por Solis
SE PUEDEN HACER ?????? Publicado por Solis
Colegas, necesito me saquen de la duda, un Juzgado de Familia de SS, me ha prevenido:"presente toda la documentación,debidamente traducidas al idioma ingles, mediante las respectivas Diligencias de Traducción"
Se puede hacer eso ?????, ya que según leo el art. 24 de la Ley del Ejercicio Notarial y de la Jurisdicción Voluntaria dice: "Cuando......estuvieren escrito en idioma extranjero....", entiendo que del idioma extranjero al castellano, no hay problema PERO DEL CASTELLANO AL INGLES SE PUEDE ????

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05 Jul 2012 15:01 #2 por Cieloacmg
Respuesta de Cieloacmg sobre el tema Re: SE PUEDEN HACER ??????
Sí se puede. Yo también tenía la duda, así que consulté con otros colegas y me dijeron que lo hacen. Aunque la ley no lo diga expresamente, la costumbre ha hecho una interpretación más amplia de ella.

Saludos!
El siguiente usuario dijo gracias: Solis

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05 Jul 2012 15:31 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: SE PUEDEN HACER ??????
Ese requerimiento lo hacen los tribunales cuando se pretende emplazar a una persona en paìs cuyo idioma sea el Inglès, y es para cumplir con las reglas que se señalan en el CPCM art. 150, 152 y 191
El siguiente usuario dijo gracias: Guardado, Pasante, Solis, Cieloacmg

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