Matrimonio entre salvadoreño y española!!

03 Jul 2012 01:33 #1 por lawyer25
Buenas.. tengo unas dudas al respecto del matrimonio a celebrar entre un salvadoreño y una española.. ha celebrar por supuesto en nuestras tierras... dichas dudas son: los testigos... tienen que conocer a la ciudadana española? o puedo utilizar testigos de aca q solo conozcan al salvadoreño contrayente?
y bueno me gustaria saber si alguien tiene alguna experiencia en estos casos para poder asesorar bien a mis clientes... ya que surgen dudas en cuanto a la entrevista que les hacen en la embajada para poder inscribir su matrimonio ahi, ya q la embajada lo hace para ver si no es matrimonio por conveniencia..
en fin.. cualquier informacion u experiencia para realizar dicho matrimonio se agradece!!!

De antemano, gracias por pasar por este tema y gracias por responder!!

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03 Jul 2012 01:59 #2 por armandozelaya
Respuesta de armandozelaya sobre el tema Re: Matrimonio entre salvadoreño y española!!
Pues aunque la Ley dice que los testigos conozcan a los contrayentes en la practica tratándose de una persona extanjera en la practica perfectamente lo puedes hacer con testigos que conozcan solo a uno de ellos.
Lo de las Preguntas de la Embajada no lo se, pero seguramente te tocara con los testimonios llevar el testimonio que se les entrega a los contrayentes llevarlo al Ministerio de Relaciones Exteriores para que te lo apostillen y puedan inscribir el Matrimonio en España.
El siguiente usuario dijo gracias: lawyer25

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03 Jul 2012 02:29 - 03 Jul 2012 02:33 #3 por jaime valencia
Respuesta de jaime valencia sobre el tema Re: Matrimonio entre salvadoreño y española!!
LE LEY NOTARIAL, DICE QUE PUEDE SER POR TESTIGOS DE CONOCIMIENTO DE UNO DE LOS CONTRAYENTES, EN EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS DE FAMILIA EN CUANTO A LA RELACION DEL HECHO SOBRE EL MATRIMONIO NOS DICE QUE PUEDEN CONTRAER MATRIMONIO LAS PERSONAS DE SEXO OPUESTO O SEA HOMBRE Y MUJER, Y QUE LOS TESTIGOS PUEDEN SER CONOCIDOS DE AMBOS CONTRAYENTES CUANDO FUEREN SALVADOREÑOS, Y CUANDO ES UN MATRIMONIO EXTRAJERO/A CON UN SALVADOREÑO/A,LOS TESTIGOS SERAN SALVADOREÑOS, ESO SIGNIFICA QUE DAN FE DEL ACTO DEL MATRIMONIO, QUE LOS CONTRAYENTES SE CASAN POR LIBRE VOLUNTAD, LUEGO TENDRAN QUE LLEVAR EL TESTIMONIO A LA ALCALDIA DE DONDE RESIDE EL SALVADOREÑO/A, Y A LA EMBAJADA O CONSULADO DE ESPAÑA U OTRO PAIS, ADEMÁS SE TIENE QUE NOTIFICAR AL RNPN DE SAN SALVADOR, A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO DE LA LEY DEL NOMBRE Y DEL CODIGO DE FAMILIA.-
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