Quisiera que alguien me asesorara respecto a un caso familiar, le he llevado un proceso de nulidad de partida de nacimiento de mi madre porq cuando fue a migracion le suspendieron el tramite del pasaporte porq tenia dos partidas pero la partida que quedo vigente tenia errores en los apellidos de sus padres (osea de mis abuelos) en la alcaldia recien me han entregado una partida ya con la respectiva marginacion de rectificacion segun la sentencia, ahora tengo que marginar su partida de nacimiento para que aparesca respectivamente casada con mi padre, pero cuando ella se caso tenia los apellidos malos pero mi duda es si es procedente rectificar la partida de matrimonio antes de que marginen su partida de nacimiento con el matrimonio?
Hola, yo pienso que si es mejor rectificar la partida de matrimonio para que cuando marginen la de nacimiento no se consignen esos errores.
A mi me pasó algo similar y hablé con el registrador que debía marginar la prtida de nacimiento y le pedí me esperara pues existian errores en la de matrimonio. Puedes probar así y esperemos que te resulte todo bien...
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: asesoria
En mi opinión:
PRIMERO: No es procedente la Rectificación pues ésta sólo procede cuando hay errores o se cometió una omisión.
En el caso planteado no hay errores, pues se casó con los apellidos que constaban en la certificación de Nacimiento.
SEGUNDO: no has expresado cuál "era el error" en los apellidos de tus abuelos (?)
TERCERO: si "hubo ese error" en los apellidos de los abuelos bastará hacerlo extensivo como dispone la ley, pero NO por rectificación.
LA RECTIFICACIÓN NO ES UNA REGLA GENERAL, SOLO ES UNA EXCEPCIÓN.
Que quiere decir que no todo se arreglará con una Rectificación, que después en los Duicentros te mandarán a corregir.
CAMBIO DE NOMBRE Y EFECTOS EN PARTIDA DE NACIMIENTO
Art. 24.- Si se decretare judicialmente el cambio de nombre propio se cancelará la partida de nacimiento y se asentará una nueva.
En los demás casos, ÚNICAMENTE SE MARGINARÁ LA PARTIDA DE NACIMIENTO.
El juez ORDENARÁ TAMBIÉN se margine dicho cambio en las partidas de nacimiento de los hijos del peticionario, y si éste fuere casado, EN LA DE SU MATRIMONIO.
Si colega tienes razon no espresado cual eran los errores: Lo que pasa es que mi madre desde que tiene memoria ella utilizaba una partida en la solo mi abuela la habia asentado y asi tuvo su cedula y posteriormente contrajo matrimonio con mi padre siempre solo con un apellido luego mi abuelo antes de fallecer la reconocio y saco su dui scon sus nuevos apellidos y luego fue a renovar su pasaporte pero le dijeron que no se lo darian porq tenia dos partidas y que en la primera partida mi abuelo la habia asentado pero que tenia otro apellido y se lo han suspendido porque tiene que anular una y le cuestionaron el porque mi abuelo aparece con otro apellido. Ya realice el tramite de nulidad de partida de nacimiento le anularon el segundo asiento el que ella utilizo toda su vida y en el que mi abuelo la habia reconocido posteriormente y quedo vigente el primer asiento el cual ella no tenia idea que existia peor en ese mi abuelo cuando dio los datos se puso el apellido de su padre el cual nca lo reconocio por lo que le corresponde nada mas el de la madre y efectivamente judicialmente ya dictaron sentencia despues de pedir registro de cedula y otros documentos en los que consta que el dio mal los datos al asentar a mi madre, pero la duda que vuelvo a reiterar es que para marginar que ella esta casada, puedo presentar la partida de matrimonio tal como esta osea en base a los datos que tiene de aquel entonces o debo rectificar ?
De antemano gracias por su ayuda.............