Hola estimados colegas, les cuento que me ha llegado un caso y necesito de su ayuda, se trata de un terreno que tienen en copropiedad dos hermanos 50 por ciento cada uno, resulta que ellos le pagaron a un arquitecto, para dividirselo, y según el plano que me han dado, le han quedado 17 manzanas a uno de ellos, y 32 al otro. Lo que el aquitecto a puesto en el documento que medio es una segregación. Yo entiendo que jurídicamente ahí ha habido una Partición, ya no de 50 y 50 ellos sabran porque motivo , alguien tiene diligencias al respecto que me las mande, o si estoy equivocado me corrigen y me den luz, gracias a todos.
Colega a mi entender, si el plano dice que es segregación Usted tiene que hacer una segregación porque de un plano de segregación no puede hacer una partición. Deberia hablar con sus clientes y con el ingeniero para saber que pidieron y que se les hizo antes de que usted vaya a hacer una escritura y se complique mas el asunto.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, alfredo 79
ademas tiene que verificar si el plano ya esta aprobado porque que yo sepa hoy solo lo puede hacer un ingeniero ya no se puede los arquitectos amenos que ya haya sido aprobado asi y si lo aprobaron como segregacion asi tendria que hacerse cmo dijo el colega mejor hable que quieren sus clientes
Entiendo que la voluntad de sus clientes es partirse el inmueble y por tratarse de una particion voluntaria seran ellos los que decidan sobre la proporcion de sus respectivas hijuelas. Los pasos a seguir son:
1.- Que sus cliente contraten un Ing. y que este haga el levantamiento topografico del inmueble a fin de proceder al establecimiento de cada una de las hijuelas a lo que en lexico forense se le denomina "Plano de particion"
2.- El Ing. debera presentar ese plano al Catastro para su respectiva aprobacion.
3.- Una vez aprobado el plano el Ing. debera entregarselo juntamente con las respectivas descripciones tecnicas de cada una de las hijuelas de particion.
4.- Con la informacion proporcionada, los copropietarios que han decidio partirse el inmueble deberan comparecer ante sus oficios de notario a otorgar la respectiva escritura publica de Particion.
5.- Formalizada que sea la escritura de particion debera expedir dos testimonios, uno para cada coparticipe, los cuales deberan ser presentados al Registro inmobiliario respectivo para su inscripcion. a cada testimonio debera agregarle una copia de la resolucion de aprobacion del plano de particion expedida por catastro.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, alfredo 79
SEGUN ENTIENDO SON 3 SITUACIONES QUE HAY QUE ANALIZAR...
1- ACTUALMENTE EL REGISTRO CATASTRAL DICE QUE A CADA UNO LE CORRESPONDE EL 50%
2- APARENTEMENTE HUBO UN ACUERDO ENTRE LAS PARTES PARA QUE ESE PORCENTAJE SEA DISTINTO.
3- SI NO HUBO TAL ACUERDO QUIERE DECIR QUE FISICAMENTE EL TERRENO NO ESTA DIVIDIDO SEGUN REZA LA ESCRITURA.
QUE HACER
1- SI LAS PARTES DICEN QUE LES CORRESPONDE UN 50% A CADA UNO ENTONCES HAY QYE REMEDIR Y HACER UN NUEVO PLANO EN EL QUE LAS REPARTICIONES SEAN PROPOCRCIONALES. SE MOJONEA, Y SE PRESENTA A REGISTRO LA REMEDICION.
2- SI LAS PARTES ESTAN DE ACUERDO QUE LAS PROPORCIONES SON DISTINTAS, DE IGUAL MANERA PROCEDE UNA REMEDICION Y SE PRESENTA LA NUEVA PROPORCION DE LAS PARTES.