Como bien lo mencionaban los compañeros anteriores lo que aplicaria para el caso es la adopcion, y para el caso en concreto de forma excepcional se puede dar una adopcion de forma individual, y por los apellidos el articulo 169 del Codigo de Familia indica que si el adoptante es individual, el adoptado debera usar los dos apellidos del adoptante, puedes leer para mejor ilustracion el capitulo III del mismo codigo, agregando que puede servirte la informacion para el proceso de adopcion que esta en la pagina de la Procuraduria General de la Republica (
www.pgr.gob.sv/ado.html
) y pues como veras ahi aparece el lugar ponde puedes realizar dicho tramite y todo el proceso detallado. Para iniciar te adjunto los requisitos para calificacion de la persona que desea adopta algun menor.
Espero te sirva....
REQUISITOS DE FAMILIA NACIONAL
Si solicita calificación de aptitud para adoptar un menor de edad en forma individual o matrimonio deberá presentar los documentos siguientes, en original y una copia:
1.Certificación de Partida de Nacimiento de los Solicitantes, con marginaciones de Ley.
2.Certificación de Partida de Nacimiento del niño(a), si fuese niño determinado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 176 C.F.
3.Certificación de Partida de Matrimonio de los solicitantes.
4.Constancia de buena salud de los adoptantes (emitida por Unidad de salud, ISSS o médico particular).
5.Constancia de buena salud del niño(a), según partida de nacimiento, si fuese niño determinado, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 176 C.F.
6.Fotocopia de Documento Único de Identidad de los Solicitantes.
7.Comprobar capacidad económica de los adoptantes: constancia de sueldo o Declaración Jurada ante Notario de los ingresos que perciben mensualmente indicando su procedencia.
8.Solvencia de la Policía Nacional Civil de los solicitantes.
9.Fotografía de los solicitantes (con el niño/a o adolescente sujeto de adopción, si éste fuere determinado, de acuerdo a lo contenido en el artículo 176 C.F.).
10.Certificación partida de defunción de los padres biológicos y certificación de partida de divorcio, en su caso. Certificación de la sentencia que decreta la Pérdida de Autoridad Parental, de nombramiento de Tutor o de que se le ha conferido el cuidado personal del niño que se pretende adoptar y certificación de la sentencia que aprueba la rendición de cuentas del Tutor o lo exonera de rendir cuentas, en su caso.
11.Si la solicitud es para adoptar a un niño que se encuentra bajo la Medida de Protección Colocación en Hogar Sustituto, los solicitantes deberán presentar la constancia expedida por el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia.
12.Y si la solicitud es presentada por Abogado deberá presentar estudios social y psicológico, elaborados conforme a la guía que se adjunta; asimismo, deberá formar un expediente original y copia certificada ante Notario en folders separados y foliados desde la solicitud.
Deberá formar un expediente original y copia certificada ante Notario en folders separados y foliados desde la solicitud.