COLEGAS NUEVAMENTE BUENAS NOCHES SALUDES Y EXITOS , EL PRESENTE CASO ES DE TIPO ACDEMICO PIENSO QUE PROCEDE LO QUE ES LAS DILIGENCIAS DE RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, SE LOS TRANSCRIBO A SU TENOR LITERAL DE ANTEMANOS GRACIAS POR PRESTAR ATENCION A ESTA PREGUNTA Y EMITIR SUS APORTACIONES.-
CASO
JUANA PEREZ RAMOS es madre de benjamín Pérez quien nació el 01-02-1985(sin consignársele padre). Pero en la partida de nacimiento de Juana aparece inscrita como JUANA PERES RAMO, por lo cual realizo un rectificación de partida de nacimiento en donde se corrigió el error y ahora aparece marginada como JUANA PEREZ RAMOS, el problema es que esta rectificación la hiso después de que nació su hijo benjamín, por eso en la partida de nacimiento de Benjamín se estableció que es hijo de JUIANA PERES RAMOS, por lo cual le cusa problemas a Benjamín para poder sacar el DUI porque no confronta el nombre de su madre con el nombre que se consigno en su partida de nacimiento.-
Visto asi hay que rectificar la partida de nacimiento del hijo, porque el error de su partida deriva del error que tenia la certificacion de partida de nacimiento de su madre.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.
DE ACUERDO A LO POCO QUE SE SOBRE LA LEY DEL NOMBRE, EL REGISTRADOR NO SOLO MARGINA LA PARTIDA PRINCIPAL SINO LAS DEL CONYUGUE DEL RECTIFICADO Y SUS HIJOS
Más que la civilización, la justicia es la necesidad del pueblo.
Pietro Colletta (1775-1831) Militar e historiador italiano.