sabiendo que la relacion de causalidad es la relacion entre la accion y el resultado y que la imputacion objetiva es el desvalor de la accion con el desvalor de el resultado, es la que resuelve el verdadero asunto si la accion realizada teniendo como finalidad el resultado constituye el delito o no
quisiera que por favor podrian aportar un ejemplo practico de como se realizaria ya en un caso la relacion de causalidad y luego la iputacion objetiva
Veamos, me confundio un poco, porque el desvalor de acción y desvalor de resultado, se valoran en otros estadios de la teoría del delito (desvalor de acción en la imputación objetiva y devalor de resultado en la antijuridicidad material). Además, sobre la relación de causalidad, categoría propia del tipo objetivo, se han planteado varias teorías: causalidad natural, teoría de las concasas, de causalidad relevante (no me acuerdo mucho, ya casi son las 12 am) y la imputación objetiva. Lo que sucede es que todas, son formas para resolver el problema de unión de la acción al resultado, ahora, si me explica mejor que es lo que necesita saber, leo un poco para recordar y le escribo en una hora no tan tardía.