Buenos días colegas.
Una consulta que me ha desubicado.
Un juicio ejecutivo tramitado bajo la Ley de Procedimientos Mercantiles, ha pasado mas de un año sin impulso procesal entre la admisión de la demanda y la entrega del mandamiento de embargo al juez.
Mi consulta es esta: Puede alegarse caducidad de instancia en este caso? Y si es así, cual sería el fundamento Legal? Tengo duda si aplicara la regla común del código de Procedimientos Civiles, tomando en cuenta que el juicio inició en 2009:
Gracias por su amable respuesta.
bueno en base a una experiencia que tuve en un tribunal mercantil al pasar 6 meses sin darle impulso procesal a un juicio definitiamente no se complican la vida ellos lo ke hace es declarar la caducidad de la instancia ellos, pero al menos a criterio del Juez o Jueza que lo podas promover nuevamente por que en el que yo me encontraba la juez decia ke ya no que ya habia trasncurrido el tiempo,
bueno esa es mi opinion sobre eso.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, jcrodezno