Respuesta de elincenciado sobre el tema Re: LEPINA
no se si esto te ayuda pero segun el art. 18 del codigo de familia( creo que es ese) establece cuando los menores pueden copntraer matrimonio y solo con el asentimiento de.... espero habete ayudado... se se basa a mi punto de vista en la del codigo civil
realmente seria bueno que eslex nos compartiera su opinion porque que sucede cuando dos leyes secundarias tienen contrariedad es decir por un lado el codigo de familia regula de una manera el matrimonio de menores y lepina lo establece de manera diferente
MUCHSIMAS GRACIASA lizzyone y a lic. Diaz por su ayuda, investigue aparte y encontre la pagina del facebook de la lepina y me contestaron de esta forma, espero nos ayude a todos
"Al respecto de la edad para contraer matrimonio de menores de edad, actualmente la legislación salvadoreña sigue rigiéndose por el Código de Familia Art. 11-19, en el que todavía permite que el matrimonio puede ser contraído por los niños tan jóvenes como de 14 años en determinadas condiciones. Ante ello tenemos fuertes observaciones del Comité de los Derechos del Niños, donde se atribuye al país que a ese respecto la legislación no está en conformidad con la Convención (CDN) y le reitera su recomendación de que el Estado Parte establezca la edad mínima de matrimonio para las niñas y los niños a los 18 años, sin excepción"