Las diligencias que se siguen para: rectificar un asiento de partida de nacimiento, matrimonio y/o defunciòn; establecer un estado familiar subsidiario; las previas para la celebraciòn de un matrimonio; se anexan ademàs los poderes especiales; (como ejemplo un poder especial para vender o comprar un bien inmueble, siendo esta la ùnica facultad) Algunos notarios anexamos la certificaciòn del asiento de partida de nacimiento en las escrituras de identidad...El recibo de pago de impuesto de transferencia, cuando sobrepasa la venta el limite establecido.
Y hace dìas se hablo de este tema... estoy segura que se me escapa alguna y que otros colegas lo completaran...
pues tienes que ver que instrumentos has elaborado para agregar los anexos, en el caso de las diligencias de rectificacion de partida de nacimiento tienes que agregar las diligencias que elaborastes antes de protocolizar la resolucion final, el otro seria en el caso del matrimonio tienes que agregar el acta prematriomonial y las partidas de nacimiento de los contrayentes, y asi scesivamente de las diligencias que si permiten anexos. cualquier consulta estamos a la orden.- suerte y bendiciones.-