Tengo una duda referente a la firma de abogado director. Usualmente se usa en los juicios de cuentas aplicando subsidiariamente el Código Procesal Civil anterior para los casos que ya estaban abiertos antes de la vigencia del actuanuevo, pero no encuentro disposiciones en el nuevo código al respecto. Saben ustedes algo al respecto. Gracias!
En el nuevo codigo dificilmente lo encontraras ya que este cuerpo de leyes hoy en dia ha regulado la procuracion obligatoria en materia civil y mercantil, no obstante a esto con base al principio de inretroactividad de las leyes, todos aquellos procesos que se dirimieron en tribunales de lo civil, mercantil y menor cuantia donde se actuo con nombre propio y firma de abogado director, se pueden seguir manejando de la misma manera, bastará con la firma del autor, la firma del abogado director y la autentica de la firma del autor en los casos que no sea este el que presente los escritos.
Lic. Herson Asbel Henriquez Villegas
Timoteo 1:8 Pero sabemos que la ley es buena, si uno la usa legítimamente;conociendo esto, que la ley no fue dada para el justo, sino para los transgresores y desobedientes, para los impíos y pecadores, para los irreverentes y profanos, para los parricidas y...
El siguiente usuario dijo gracias: tta, Hernandez007
si se puede, siempre y cuando atienda las caracteristicas que ha mencionado herson, es decir que el proceso sea viejo, ya que el titular es quien esta firmando los escritos.
Se puede perfectamente, utilizar un Abogado en cada escrito, siempre que reuna los requisitos minimos de admisibilidad, en otras palabras se supone que quien escribe es la parte actora o demandada directamente, y el abogado director actua como un consejero y asesor del titular, por lo tante este puede contratar a un abogado diferente en cada caso.
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
Buenas Tardes Ilustes
Siempre respecto al abogado director.
En los Juicios de Cuentas aun se usa esta figura.
PERO ............ Como se materializa esto ?
Al final del escrito el Abogado Directo firma junto al cliente ??????????
Me ayudan.
Gracias,