Hola, quisiera saber si alguien tiene información sobre las facultades de un juez sobre si puede el pedir que se acumulen los procesos o es a petición de parte, ya que tengo un caso en el que esta demandado por una letra de cambio y tambien esta demandado como codeudor pero en tribunales difernetes, a tal grado que uno es S. S. y otro en oriente, por lo que necesito sabe si el juez tiene estas facultades o no, o por lo menos demen una idea para buscar lo necesario, gracias.
Mas allá de cualquier interpretación, cada quien puede pensar las cosas como le parecen, pero que no espere que todos lo veamos bien, ya que no todos estaremos de acuerdo con lo que piense, desde ya no esperen que este de acuerdo!