NUMERO UNO. LIBRO UNO. PROMESA DE VENTA. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del dia nueve de marzo del año dos mil diez. ANTE MI. CARLOS HIDALGO LOPEZ, Notario de este domicilio; comparecen los señores, WALTER ALBERTO RAMIREZ QUINTANILLA, de cuarenta y seis años de edad, empleado de este domicilio, a quien conozco e identifico por medio de su documento unico de identidad numero cero cero ciento veintisiete mil cincuenta-cero; y con numero de identificación tributaria cero ochocientos cinco-ciento cincuenta y un mil ciento veintitrés-cero cero uno- cuatro; JOSE ROBERTO HERNANDEZ, de sesenta y cinco años de edad, comerciante del domicilio de Ayutuxtepeque, departamento de San Salvador, a quien conozco e identifico por medio de su documento unico de identidad numero, cero cero quinientos setenta y seis mil ciento cuarenta y tres-nueve; y con numero de identificación tributaria, cero ochocientos cinco-ciento veinte mil trescientos cincuenta y seis-cero cero cero uno-seis; Y ME DICEN: I) que el primer compareciente es dueño y actual poseedor de un inmueble, de naturaleza Urbana, situado en la jurisdicción de Ayutuxtepeque, departamento de San Salvador, cuya descripción es la siguiente: AL ORIENTE, once punto ochenta y cinco metros, colinda con terreno de la misma propiedad; AL PONIENTE, doce metros, colinda con terreno de la misma propiedad; AL NORTE, ocho metros, colinda con mismo terreno; AL SUR, nueve punto cuarenta y cinco metros, colinda con lote numero CIENTO TREINTA Y CUATRO, de la misma propiedad. Dicho lote tiene un area superficial de CIENTO CUARENTA Y CINCO PUNTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS. El inmueble descrito se encuentra inscrito bajo la matricula numero SESENTA MILLONES TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO-CERO CERO CERO SETENTA Y CINCO, asiento SEIS, del Registro de la Propiedad Raiz e Hipotecas del Departamento de San Salvador. II) que el señor WALTER ALBERTO RAMIREZ QUINTANILLA , por el precio de NUEVE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; le promete vender al señor JOSE ROBERTO HERNANDEZ, el inmueble antes descrito y hacerle la tradición, inmediatamente después de otorgada la compraventa. III) por su parte el Señor JOSE ROBERTO HERNANDEZ, acepta la promesa de venta que se le hace y a su vez promete comprarle el inmueble descrito al Señor WALTER ALBERTO RAMIREZ QUINTANILLA, por el precio indicado. IV) Que del precio de la compraventa, el futuro comprador promete pagarle al futuro vendedor, la cantidad de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por medio de cinco cuotas mensuales, fijas y sucesivas, por el valor de DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, cada una a partir del dia quince de abril del presente año, y asi sucesivamente los dias quince de cada mes, hasta completar dicha cantidad comprometiéndose a cancelar el resto, es decir la suma de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por medio de credito bancario o del Fondo Social para la Vivienda; y en caso de serle negado dicho financiamiento; el promitente vendedor le concede un plazo de financiamiento por DIEZ AÑOS, a la taza de interes bancaria vigente al momento de la Escrituracion Respectiva. V) Lugar de Pago: el futuro comprador se obliga a cancelar las cuotas de amortización de capital e intereses en el lugar y forma que el futuro vendedor designe para tal efecto. Asi se expresaron los comparecientes a quienes explique los efectos legales de este instrumento y leido que les fue por mi, integramente en un solo acto ininterrumpido, manifiestan su conformidad, ratifican su contenido y firmamos. DOY FE.