BUENAS NOCHES COLEGAS QUISIERA QUE ME PUDIERAN DAR SUS OPINIONES LLEVO UN PROCESO DE DIVORCIO POR SEPARACION DONDE EL ESPOSO ESTA DEMANDANDO A LA ESPOSA Y PROCREARON UN HIJO QUE VIVE CON SU PROGENITORA EL CASO ES QUE ME HAN PREVENIDO RESPECTO A LA REFORMA DEL CODIGO DE FAMILIA DEL ARTICULO 111 INC 3, QUE ES RESPECTO A LA VIVIENDA, PERO LA SITUACION ES QUE MI PODERDANTE NO POSEE NINGUN BIEN INMUEBLE PARA GARANTIZAR LA VIVIENDA Y LA DEMANDADA VIVE CON SUS PADRES Y NO PAGA NINGUN ALQUILER ENTONCES COMO PLANTEO ESA SITUACION, YA QUE LOS INGRESOS DE MI PODERDANTE NO SON SUFICIENTES PARA ESTABLECER UNA CUOTA DE VIVIENDA Y APARTE DE ELLO LA DEMANDADA NO PAGA NADA EN DICHO CONCEPTO, AGRADECERÉ SUS OPINIONES DE ANTE MANO GRACIAS
Respecto a lo que expones, la causal de divorcio por la cual se presento la demanda fue la 2a) del 106, es decir separacion de los conyuges durante dos o mas a;os consecutivos
Este tipo de prevension opera mas bien cuando los conyuges no se han separado y conviven bajo el mismo techo, a mi opinion unicamente deberas aclarar las circunstancias del divorcio y la forma en que los conyuges viven acutualmente ya que el objeto de la prevension ha sido para determinar con quien de los padres le conviene estar al menor hijo, para efectos de cuidado personal.
DEBIO ESCLARECERSE EN LA DEMANDA SI POSEIAN BIENES O NO A LA VEZ LA CIRCUNSTANCIA EL PORQUE DE LA SEPARACION Y LA SITUACION EN LA QUE SE ENCONTRABAN ANTES Y AHORA, ES DECIR SI TUVIERON UN BIEN O NUNCA LO TUVIERON Y AGREGAR ADEMAS BAJO EL CARGO DE QUIEN QUEDARA EL CUIDADO PERSONAL DEL MENOR..... POR SUPUESTO LAS PARTES PUEDEN PONERSE DE ACUERDO, EN CUANTO SEA EL PADRE O MADRE EL QUE TENGA EL CUIDADO PERSONAL Y EL OTRO BAJO REGIMEN DE VISITAS...
es que el caso no es la causal de separacion el caso es la vivienda que sera destinada para el menor dado que con las reformas al codigo de familia ahora hay que establecer una vivienda para el menor en caso de que no se tenga una y se tenga que alquilar tengo que establecer la cuota para la vivienda pero como le hago en el caso de que no tiene vivienda pero tampoco paga arrendamiento no se si me explico colegas???
Hola Ceciby... te comento, yo estoy llevando 1 caso de divorcio similar a tu situación...
pero mi representada vive con otro señor, a lo que yo establecí de esta forma
""""""""En cuanto a los bienes muebles que conforman el menaje familiar y destinados al servicio de la familia, éstos no fueron adquiridos durante el matrimonio, pero los utilizados dentro del mismo, quedaron a uso exclusivo de mi mandante y su hijo; en cuanto a la vivienda familiar, ésta no era propia por lo que no se establecerá vivienda familiar, además la señora
y sus dos hijos se encuentran residiendo en casa de habitación del señor
quien es el compañero de vida de mi representada, por lo que no se solicitara cuota para vivienda""""
y te cuento que la admitieron....
solo te doy unas ideas.... ok.... saludos
El siguiente usuario dijo gracias: ceciby, Pasante
otra vez lo expondre mas claro si no hay vivienda que hayan hecho ambos y no estan alquilando no se pone cuota de vivienda solo si estuviera alquilando pero esto debe esclarecerce en la demanda.....
Me parece que el comentario de LISSA, es muy acertado...
En los procesos de familia, deben consignarse las situaciones tal y como son...
Si los esposos no tienen una vivienda, sobre la cual pronunciarse en cuanto a constituir un inmueble como vivienda familiar; pues lo lògico es exponerlo asì como tal... Porque nunca obtuvieron una; y la esposa no cancela cantidad de dinero en concepto de alquiler; Sugiero considerar lo expuesto por LISSA...