Me gustaría que comentemos sobre el tema del proceso de auténticas que se sigue para que un documento otorgado en país extranjero, surta efectos en El Salvador, ya sea que el mismo hay sido otorgado ante funcionario o notario salvadoreño o ante un funcionario extranjero.
Saludos cordiales a todos
PRIMERAMENTE EL PROCEDIMIENTO DE AUNTENTICACION DE ESTE TIPO DE DOCUMENTO ES QUE SI ES OTORGADO EN EL EXTANJERO PARA QUE SURTA EFECTOS AQUI ES HAY QUE MANDARLO EN ORIGINAL LUEO DE HABERLO RECIBIDO HAY QUE PRESENTARSE AL MINISTERIO DE RALCIONES EXTERIORES PARA QUE LO AUTENTIQUE AL MISMO TIEMPO ES APOSTILLADO, Y YA PUEDE SURTIR EFECTOS AQUI,
EL MISMO CASO ES PARA QUE DICHO DOCUMENTO SURTA EFECTO EN PAIS EXTRAJERO, HAY QUE LLEVARLO AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE AQUI DEL PAIS PARA QUE YA VAYA CON SU APOSTILLA, EN ESTE ULTIMO HACE POCO SE ENVIO UN PODER ASI COMO SE LOS ACABA DE EXPLICAR.-
ES MI HUMILDE OPINION Y MI EXPERIENCIA EN ESTE ULTIMO