en el código de comercio referencia a las clasificaciones de los usos y costumbres especiales, locales, generales algún ejemplo de ellos, y se podrá dar en la practica, soy futuro abogado y me isieron esa pregunta lei un poco referente aeso pero quisiera saber alguna opinion .
muchas gracias.
el uso de "formatos" o llamados también "formularios" por ejemplo de cheques, letras de cambio sin protesto, pagarés, quedam, facturas etc., es un uso o costumbre que se ha generalizado en la actividad mercantil y la financiera, por la misma agilidad del comercio mismo.
Pero ello no significa que sólo esos "formatos o formularios" se puedan utilizar, sino que cada uno podría hacer su propio formato o formulario y utilizarlo, pues la ley habla de cheque, habla de letra de cambio etc, etc, pero no disponne que se deban hacer en los "formularios o formatos" que venden.
saluditos.