Amigos de este foro mi preguntas resulta del hecho que trabajo en una caja de credito y mi salario no alcanza los $500 y hoy en el mes de enero me descuentan renta, me dicen que la reforma solo se aplica a asalariados y que yo por estar en una prestacion de servicios solo me pagan por mis honorarios siempre me tiene que descontar.... yo solo me encargo de hacer los mutuos simples e hipotecarios y no tengo contrato con ellos pero aun asi me descuentan renta..... si alguien sabe si es lo correcto les agradecere...
Efectivamente tus servicios están gravados con el 10%, de acuerdo al Art. 66 literal a),de la Ley de Impuesto Sobre La Renta; independiente tengas o no contrato. Sin embargo para la Caja de Crédito si es importante que haya contrato, a fin de que pueda ser deducible el gasto de tus honorarios.
Siempre te podran retener el 10%, porque estas por servicios sin dependencia laboral, en este año, una misma empresa no podra retenerte por dos codigos diferentes el concepto de ISR.