Depende del incidente, si es de hecho o de derecho. Entendería que si es de hecho, tendría que probarse.
Se necesitan mas insumos para poder orientarte mejor.
Hay que luchar por la honradez siempre, para estar en paz consigo mismo.
hola, quisiera aportar como prueba en un incidente las partidas de nacimiento de los hijos del imputado para probar el apego familiar que tiene este,es un delito de drogas y en audiencia preliminar la fiscalia por acuerdo de ambos va a solicitar el procedimiento abreviado, la cantidad de droga es de 23 gramos y lo que se busca es que cumpla la condena afuera.- Gracias de antemano por tu grandisima ayuda.-
Veras, entiendo que lo que quieres es para efecto de pena. Ahora, habra que ver cuanto de pena pide el fiscal, porque si pone tres año o se la reeemplaza o se la suspende. Pero si pasa más de tres años, no te la lo ponen en libertad. Por ende, si presentalas para que el juez valore no pasarse de los tres años.
gracias mariel y enemigo, se ha acordado el procedimiento abreviado, con eso la pena máxima a imponer seria la de tres años, aunque puede ser menor y que se le de la suspencion condicional de la ejecución de la pena, y que se logra con esto que la pena la cumpla afuera.-XD
La regla General es que no se puede a menos que se trate de un nuevo hecho, no obstante si el hecho era conocido desde que comenzó la investigación, y no se aporto el elemento de prueba para ser corroborado por el ente que dirige la investigación en este caso la fiscalía General de la Republica, Un Juez conforme a derecho no admitiria dicha oferta, sin embargo por estrategia en la práctica, la prueba que no se ofreció en el momento oportuno, la introduce el imputado o la víctima según sea el caso, ello atendiendo el principio de igualdad, bajo este parámetro se puede excepcionalmente ofrecer pruebas, ahora explicó que sí se trata de un hecho desconocido, perfectamente se puede ofertar la prueba incluso en la vista Publica.
Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.
Vea, si ya acordaron el abreviado y el fiscal accedió a no pedir más de 3 años, da igual que presentes o no la prueba, porque siempre o te reemplazan la pena o la suspende, en todo caso, no iría tu cliente a prisión