NECESITO AYUDA

03 Dic 2011 14:46 #1 por nelsonisai
NECESITO AYUDA Publicado por nelsonisai
Es el caso de que alla por los anos cincuentra y tres, se dio por medio de la alcaldia un titulo municipal a una persona en particular, viene esta persona y le vende a su hija el terreno mencionado. al final de la escritura de compraventa hay una razon que dice: AGREGAN LAS OTORGANTES QUE LA PRESENTE ESCRITURA TIENE POR BASE LA OBLIGACION QUE CONTRAE LA COMPRADORA DE OTORGAR ESCRITURAS DE COMPRAVENTA DE LOS LOTES DESMEMBRADOS DE DICHO INMBUEBLE A FAVOR DE LAS PERSONAS QUE SE MENCIONARAN A CONTINUACION........., ES EL CASO QUE ACUDE ANTE NOTARIO CON UNA PERSONA AJENA A ESTOS DERECHOS Y LE OTORGA LA VENTA DE TODA LA PROPIEDAD, en el registro de la propiedad se la inscribieron y ahora la susodicha mujer esta saacando con un revindicatorio a estas personas. QUE OPINAN LOS CIVILISTAS DE ESTO, AGRADECE SUS COMENTARIOS.

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03 Dic 2011 15:33 #2 por El Justo Zamora
Respuesta de El Justo Zamora sobre el tema Re: NECESITO AYUDA
Bueno yo no soy Civilista, y no se si entendi bien el caso, pero si la misma persona en un principio le vende con un Titulo X, y luego sobre el mismo inmueble y con otro titulo diferente le quiere quitar la propiedad, mejor deveria anlizar la Estafa!!

Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.

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03 Dic 2011 16:22 #3 por delfin
Respuesta de delfin sobre el tema Re: NECESITO AYUDA
Deberias plantear mejor el problema, para una mejor asesoria, pero esta bien lo de la estafa , aunque hay que profundizar mas en el hecho>>>

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04 Dic 2011 03:54 #4 por nelsonisai
Respuesta de nelsonisai sobre el tema Re: NECESITO AYUDA
hola delfin, el problema es que esta la compraventa que se realizo a una persona por parte de la mama de esta, pero la compradora queda en el mismo documento comprometida a dar a cada uno sus respectivas escrituras ya que los hijos son varios. la compradora en este caso acude a un notario a vender la propiedad entera a otra persona en particular que no son las que estan como designadas a que se les de escritura, el notario no se da cuenta de la razon que esta al final de la escritura que dice que esta esta obligada a dar sus escrituras a los demas y elabora la escritura.

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04 Dic 2011 19:35 #5 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: NECESITO AYUDA
MMMM, Mira este casito es de analizarlo despacio, ordenemos las ideas primero, en un principio entiendo que se adquirió el municipio por una titulacion supletoria, despues el titular vendio ese inmueble, hizo la tradicion por medio de la respectiva escritura pública, en dicha escritura se consigna que la compradora deberia de cumplir con la obligacion de entregar escrituras de compraventa de los lotes desmembrados a x,y y z personas, tal como lo planteas, pareciere ser que se trata de una compraventa sujeta a condicion o modo, pero cual era la condicion, es resolutoria o suspensiva o modo? entregar escritura de compraventa a favor de esas personas.Las obligaciones pueden ser puras y simples, o sujetas a modalidades ( plazo, modo, condicion).Ahora el problema radica en lo siguiente, realmente era una condición o modo que no permitiese que la compraventa tuviese efectos? a mi manera de ver no, porque la compraventa se perfecciona con el consentimiento de las partes, porque si la escritura hubiese dicho que no se tendrá por perfecta la compraventa hasta que ella haya otorgado las respectivas compraventas de los inmuebles desmembrados, era suspensiva, si hubiera dicho que de no hacerlo dicha compraventa no surtiría efectos ente las partes, era resolutiva, pero como no se dijo nada, descartemos que sea una condición, veamos si es una compraventa sujeta a modo, tomemos como ejemplo el testamento designo a fulano como mi heredero universal, le dejo una casa, un carro y a mi mujer, jajajaja, las cuentas de ahorro, seguros etc, designo como heredero a titulo singular a la tia tula, (legatario), el heredero debe aceptar herencia, y esta obligado a entregar el legado a su titular,y no puede apropiarse de ese legado. Volvamos a tu caso, es una compraventa que contiene una obligacion por parte de la compradora, de entregar en su momento de vender esos lotes, es como decir te vendo pero con la promesa de que vendas esos lotes a estas personas, ojo no es una promesa de venta, porque la promesa aca la esta haciendo el comprador, no el promitente vendedor. Es una compraventa a mi parecer sujeta a modo, ahora los que adquirieron esa propiedad no pueden anular esa modalidad, porque adquiere del primero las mismas obligaciones y vicios del contrato. Ahi hasta los registradores se fueron en falso, desde mi punto de vista ella vendio algo que no era suyo, si los afectados comprueban que pagaron por esos lotes, bien te podes ir por una estafa, pero tendrias que irte contra la compradora que prometio vender eso; en cuanto a la reinvindicacion de propiedad, oponete sobre la base de que esta persona ha comprado ese inmueble, pero segun el documento de compraventa la dueña anterior prometió venderles esos lotes, que tus representados no estan invadiendo propiedad ni se han tomador porción alguna de terreno de manera ilegal, pues ellos se han quedado esperando la escritura y han pagado por eso, seria bueno que de una sola vez presentes recibos de pago de eso y llevalos de testigos. Espero haberte ayudado.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

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05 Dic 2011 23:36 #6 por nelsonisai
Respuesta de nelsonisai sobre el tema Re: NECESITO AYUDA
si lost canvas, en la misma escritura dice en la clausula mencionada que ya recibio el precio del valor de los lotes y especifica las medidas a cada uno, lo que no te habia contado es la vendedora ya fallecio y la compraventa la hizo a sus noventa y dos anos de edad, y los testigos utilizados en la compra venta fueron conocidos del notario y no de la vendedora, como la ven, espero sigan opinanado se los agradecere.

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06 Dic 2011 03:13 #7 por domingo
Respuesta de domingo sobre el tema Re: NECESITO AYUDA
Pienso que lo que se consigno fue una obligacion para la vendedora de dar, o hacer, que de no cumplirse se puede demanda via ejecutiva art. 479 del nuevo codigo Civil y Mercantil, tengamos en cuenta que si ya vendio el art. 905 te da la salida ya que la accion reinvindicatoria se extiende al embargo en manos de tercero si ese fuera el caso espero te sirva mi punto de vista

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06 Dic 2011 15:58 #8 por nelsonisai
Respuesta de nelsonisai sobre el tema Re: NECESITO AYUDA
gracias DOMINGO,

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