MMMM, Mira este casito es de analizarlo despacio, ordenemos las ideas primero, en un principio entiendo que se adquirió el municipio por una titulacion supletoria, despues el titular vendio ese inmueble, hizo la tradicion por medio de la respectiva escritura pública, en dicha escritura se consigna que la compradora deberia de cumplir con la obligacion de entregar escrituras de compraventa de los lotes desmembrados a x,y y z personas, tal como lo planteas, pareciere ser que se trata de una compraventa sujeta a condicion o modo, pero cual era la condicion, es resolutoria o suspensiva o modo? entregar escritura de compraventa a favor de esas personas.Las obligaciones pueden ser puras y simples, o sujetas a modalidades ( plazo, modo, condicion).Ahora el problema radica en lo siguiente, realmente era una condición o modo que no permitiese que la compraventa tuviese efectos? a mi manera de ver no, porque la compraventa se perfecciona con el consentimiento de las partes, porque si la escritura hubiese dicho que no se tendrá por perfecta la compraventa hasta que ella haya otorgado las respectivas compraventas de los inmuebles desmembrados, era suspensiva, si hubiera dicho que de no hacerlo dicha compraventa no surtiría efectos ente las partes, era resolutiva, pero como no se dijo nada, descartemos que sea una condición, veamos si es una compraventa sujeta a modo, tomemos como ejemplo el testamento designo a fulano como mi heredero universal, le dejo una casa, un carro y a mi mujer, jajajaja, las cuentas de ahorro, seguros etc, designo como heredero a titulo singular a la tia tula, (legatario), el heredero debe aceptar herencia, y esta obligado a entregar el legado a su titular,y no puede apropiarse de ese legado. Volvamos a tu caso, es una compraventa que contiene una obligacion por parte de la compradora, de entregar en su momento de vender esos lotes, es como decir te vendo pero con la promesa de que vendas esos lotes a estas personas, ojo no es una promesa de venta, porque la promesa aca la esta haciendo el comprador, no el promitente vendedor. Es una compraventa a mi parecer sujeta a modo, ahora los que adquirieron esa propiedad no pueden anular esa modalidad, porque adquiere del primero las mismas obligaciones y vicios del contrato. Ahi hasta los registradores se fueron en falso, desde mi punto de vista ella vendio algo que no era suyo, si los afectados comprueban que pagaron por esos lotes, bien te podes ir por una estafa, pero tendrias que irte contra la compradora que prometio vender eso; en cuanto a la reinvindicacion de propiedad, oponete sobre la base de que esta persona ha comprado ese inmueble, pero segun el documento de compraventa la dueña anterior prometió venderles esos lotes, que tus representados no estan invadiendo propiedad ni se han tomador porción alguna de terreno de manera ilegal, pues ellos se han quedado esperando la escritura y han pagado por eso, seria bueno que de una sola vez presentes recibos de pago de eso y llevalos de testigos. Espero haberte ayudado.