hola como estan necesito su ayuda para un par de preguntas.
1. Me pueden ayudar con un ejemplo de hurto impropio art. 209 CP.
2. Me podrian recomendar una sentencia condenatoria donde se aplique el art. 208 NUM. 1,2,3,8,9 Y 10. del hurto agravado.
3. Y por ultimo cual serian las diferencias que existen entre las conductas descritas en el art. 208 numeral 10 con el delito de peculado del CP. POR SU ATENCION GRASIAS.
caso 1. Art. 209.- El dueño de una cosa mueble que la sustrajere de quien la tuviere legítimamente en su poder, con perjuicio del mismo o de un tercero, será sancionado con arresto de diez a veinte fines de semana. ejemplo: "A" le ha prestado a "B", un vevhiculo para 5 dias..sucede que al tercer dia, "A", llega a casa de "B", quien tiene esatcionado el vehiculo en las afueras de su casa, A, lo ve y se lo Lleva sin el concoiemento de B,.. es asi de facil.
Caso 2, Dificil mente concurran todas esas circustancias, en un solo evento, pero si aisladamente exiten muchas.
y 3. caso tres es sencillo, el Huto lo comete cualquier persona, es un delito comun, afecta el Patrimonio de particulares e incluso del Estado, en camabio el otro es un delito especial, lo comete no cualquier persona, si no solo aquellos que estan en la Administracion Publica,(Corrupcion) y fianalmente los interese o bienes juridicos tutelados son diferentes en cada auno de loos delitos tipo.
Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.