AYUDA NECESITO UN MODELO PARA SOLICITARLE AL JUEZ DE FAMILIA, ORDEN DE LOCALIZACION DE UN MENOR, QUE SE ENCUENTRA CON OTRA PERSONA QUE NO TIENE EL CUIDADO PERSONAL DEL MENOR.-
Estimada colega... la orden de localizaciòn es una medida de protecciòn a favor de un menor que ha sido sustraido del cuidado personal de quien de hecho o de derecho lo ejerce; y por experiencia se que deberà presentarse al Juzgado de Paz o de Familia, que este de turno o que corresponda a la jurisdicciòn de donde se cree tienen retenido al menor; la persona que ejerza ese derecho de Guarda y Cuidado Personal, con la certificaciòn del asiento de partida de nacimiento del menor o menores o la correspondiente Sentencia, donde se consigne que el peticionario ejerce la Guarda, para que se emita la orden de localizaciòn e incluso se ordena a la PNC, que ejecute la orden...
Incluso hay delegaciones de la PNC, que con la vista de los documentos: partida de nacimiento o sentencia de familia localizan al menor, si el que denuncia tiene conocimiento donde es retenido...
Licda. Ramirez como medida de Proteccion, la puedo solicitar en Audiencia Preliminar, yo solicite cuidado Personal y me ha sido Admitida la Demanda.-
mi pregunta es puedo solicitarle al juez como medida de proteccion en Audiencia.-
Como medida de protecciòn???? Pedir la localizaciòn de un menor??? Pues no entiendo.... Si esta demandando en cuidado personal es a la persona que ejerce la Guarda... o sea a quien vive con el menor... Entonces para que lo quiere localizar si ya sabemos a donde vive???
Lo correcto seria pedir un regimen de visitas provisional, señalando dìas y horas.... pero si aun no ha sido emplazada la parte contraria lo mejor seria hacer una modificaciòn de la demanda en el sentido que se solicita un Regimen de Visitas provisional...
Porque solo si existe un peligro real que la menor desaparezca en el transcurso del proceso se puede pedir la medida provisional del sustracciòn de la menor del ambiente que le puede ocasionar un riezgo; Aunque algunos jueces no lo otorgan porque consideran una sentencia adelantada... pero la base de todo es la sustentacion de la pretension o sea que los argumentos que sirvan de fundamento le indiquen al juez, que para evitar un peligro mayor es mejor decretar la medida... y si se le suma el deseo de la menor que por la edad y por los principios consignados en la LEPINA, los jueces tienen casi que la obligaciòn de atender sus peticiones...
Pedir situaciones en audiencia podria no ser lo mas adecuado, en principio porque se dan incidentes que no muchos abogados manejan y podria causar confusion... y lo principal que si existe un peligro inminente no seria logico esperar hasta que señalen la audiencia... Lo mejor es hacer peticiòn por escrito... aun cuando esta sea resuelta en audiencia, porque eso garantiza un mejor resultado si se da un caso de Apelaciòn, por ejemplo...
LO QUE SUCEDE ES Q EL MENOR VIVE CON SU ABUELO MATERNA, PORQUE SUS PADRES VIAJARON PARA LOS ESTADOS UNIDOS, PERO ES EL CASO Q LA MADRE DEL MENOR FALLECE, Y EL PADRE HOY VIENE A QUERER LLEVARSELO CONSIGO PARA LOS ESTADOS UNIDOS.-
TIENE RAZON LO MEJOR SERIA Q LE SEA EN AUDIENCIA OTORGADO EL CUIDADO PERSONAL DEL MENOR QUE POR LEY LE CORRESPONDE AL PADRE SOBREVIVIENTE.-
GRACIAS POR SU TIEMPO.-
TE RECOMIENDO QUE PRESENTES UN ESCRITO AL JUZGADO ESPECIALIZADO DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ, POR LOS JUZGADOS DE FAMILIA NO QUIEREN GIRAR OFICIOS DE LOCALIZACIÓN EXCEPTO SI HAY SENTENCIA EJECUTORIADA DE CUIDADO PERSONAL A FAVOR DEL PETICIONARIO, Y ES MAS SIEMPRE PIDEN AUTORIZACIÓN AL JUZGADO LEPINA PARA TAL SITUACIÓN, NO SE SI TODOS LOS JUZGADOS DE FAMILIA TIENEN EL MISMO CRITERIO PERO EN EL JUZG. DE FAM DE APOPA, SE DECLARO INCOMPETENTE PARA GIRAR OFICIO DE LOCALIZACIÓN AUN TENIENDO RESOLUCION DE ACUERDO VOLUNTARIO DE CUIDADO PERSONAL ART. 216 CF, DICTADO POR ESE MISMO JUZFGADO, ME MANDO PARA SAN SALVADOR AL JUEZ ESPECIALIZADO, LEPINA O QUE INICIARA PROCESO DE CUIDADO PERSONAL
YO LO QUE HICE QUE ME PRESENTE A LA DELEGACION JUNTO AL PÀDRE DE LAS MENORES Y PEDI VERBALMENTE AUXILIO POLICIAL Y ME LO DIERON Y FUIMOS A LOCALIZAR A LAS MENORES CON EL ACTA DE LA RESOLUCION ANTES ALUDIDA