LA Oposiciòn al titulo la puedes hacer obviamente si tienes mejor derecho, que significa que el INMUEBLE A TITULAR ya este Inscrito a favor de un TERCERO, pero es muy dificil que el NOTARIO O JUEZ se pueda equivocar y tramite aun asi el titulo por que en ambos casos la ficha catastral ES LA QUE te dice que el Inmuebel tiene o no propietario, pero si no la oposicon la puedes hacer ante el notario y este lo envia al Juez para que alli se dirima, pero en todo caso la ESTRUCTURA DEL ESCRITO A PRESENTAR es igual al que tu y yo hacemos la minuta se referidada al DERECHO EN QUE FUNDE SU OPOSICION, cualquier duda estoya para ayudarte amigo o amiga, mi email es Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Saludos