salario minimo ...

01 Nov 2011 02:41 #1 por serendipity
salario minimo ... Publicado por serendipity
ayuda por favor ...es embargable el salario minimo ????

“Las dificultades están destinadas a despertarnos, no a desalentarnos. El espíritu humano crece a través del conflicto” William Ellery Channing

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01 Nov 2011 03:29 #2 por josejose
Respuesta de josejose sobre el tema Re: salario minimo ...
hola amigo (a) serendipity, el art. 622 CPCM establece que el monto correspondiente hasta dos salarios minimos es inembargable. ok, leelo

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01 Nov 2011 08:13 #3 por cordobias
Respuesta de cordobias sobre el tema Re: salario minimo ...
Gracias josejose, es interesante conocer estos detalles, yo en lo personal no estoy muy familiarizado con el CPCM.
Saludos

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14 Nov 2011 02:42 #4 por serendipity
Respuesta de serendipity sobre el tema Re: salario minimo ...
GRACIAS ..POR TU INFORMACION , YO TAMPOCO NO MUY FAMILIARIZADA CON EL NUEVO CPCM

“Las dificultades están destinadas a despertarnos, no a desalentarnos. El espíritu humano crece a través del conflicto” William Ellery Channing

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14 Nov 2011 03:59 #5 por markantony
Respuesta de markantony sobre el tema Re: salario minimo ...
Para facilitar tu labor aqui te envio el art. de CPCM

Artículo 622.- Embargo de salarios (*)

También es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, en cuanto no exceda de dos salarios mínimos, urbanos, más altos vigentes. (*)


Sobre las cantidades percibidas en tales conceptos que excedan de dicha cuantía se podrá trabar embargo de acuerdo con la siguiente proporción:


- un cinco por ciento para la primera cuantía adicional hasta que suponga el importe del doble del salario mínimo;


- un diez por ciento para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo;


- un quince por ciento para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo;


- un veinte por ciento para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo;


- un veinticinco por ciento para las cantidades que excedan de esta suma.

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
El siguiente usuario dijo gracias: serendipity

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