Alguien de Ustedes conoce algún antecedente sobre la inscripción de Títulos de Propiedad seguidos ante Notario, pero de predios q no gozan de la calificación de Proyecto de Interés Social brindada por el ILP. Personalmente conozco solo un caso que se inscribió en San Vicente.
Quisiera saber si alguien conoce mas antecedentes, ya q en algunos registros tengo entendido que los inscriben y en otros no, alegando q el Notario no es competente para conocer de este tipo de diligencias, a excepción que se trate de un proyecto de interés social calificado así por el ILP (Instituto Libertad y Progreso). También existe una sentencia de casación de la Sala de lo Civil en la que resuelven q el Notario no es competente, únicamente con la excepción antes dicha, pero en mi opinión muy personal, los argumentos ahí esgrimidos son incongruentes con los considerandos de la Ley de Títulos de Predios Urbanos, ya que la filosofía o el espíritu es facilitar la obtención de los títulos, no hacerlos burocráticos en las Alcaldías.
Espero sus opiniones y comentarios.
Saludos
Meayala
El siguiente usuario dijo gracias: César Eduardo Ramos
sI meAYALA el problema ha surgido debido a q el ILYP faculto que los NOTARIOS solo tiene facultad de titular los Inmueble RURALES, pero si estan inscrituos a ese Instituto por La ley especial pueden realizar cualquier clase de titulo pero creo que solo de aquellos proyectos calificados por el Instituto, pero en forma independeinte EL NOTARIO SOLO PUEDE DE INMUEBLES RUSTICOS ya que si son URBANOS sera un TITULO MUNICIPAL. con gusto estoy a sus ordenes para cualquier duda a mi email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
El siguiente usuario dijo gracias: César Eduardo Ramos