DESISTIR INDEMNIZACION (consulta)

24 Sep 2011 14:00 #1 por nandogof
DESISTIR INDEMNIZACION (consulta) Publicado por nandogof
Buenos días, puede desistirse de la indemnización por daños y perjuicios en un proceso de inquilinato? El caso es que al inicio se había solicitado pero no se precisó a cuanto asciende el monto, por lo que el tribunal hizo una prevención, pero el demandante no le interesa ya recibir esa indemnización.

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25 Sep 2011 07:20 #2 por ricardo_alfa76
Respuesta de ricardo_alfa76 sobre el tema Re: DESISTIR INDEMNIZACION (consulta)
en mi humilde opinión considero que no existiría ninguna razón por la cual no podría desistir pues recordemos que esta la demanda es a petición de la parte interesada, le recomendaría que lea el capítulo III DE LA PRESCRIPCIÓN COMO MEDIO DE EXTINGUIR LAS ACCIONES JUDICIALES 2253 CC ; asímismo se establece en el artículo 278 del CPCM.- Si la demanda fuera oscura o incumpliera las formalidades establecidas para su presentación en este código, el juez prevendrá por una sola vez para que en un plazo no mayor de 5 días se subsanen tales imperfecciones. Si el demandante no cumple con la prevención , se dará por terminado el proceso declarando inadmisible la demanda. Esta especie de rechazo in limine deja a salvo el derecho material.

El auto por el cual se declara inadmisible una demanda sólo admite el recurso de revocatoria.

Espero sea de utilidad mi aporte. ;)

Si buscas resultados diferentes, no sigas haciendo lo mismo. Albert Einstein.

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