DESPUÉS DE QUE EL JUEZ DIO SU SENTENCIA Y SE DECLARE QUE EN VERDAD EXISTIÓ UN ERROR AL MOMENTO DE INSCRIBIR EL NOMBRE EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR,AL QUEDAR EJECUTORIADA LA SENTENCIA DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 40 Y 156 INC.2 DE LA LEY PROCESAL DE FAMILIA, EL TRIBUNAL LIBRARA OFICIO AL SEÑOR JEFE DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR DE DICHA ALCALDÍA PARA QUE RECTIFIQUEN DICHO ERROR, EN EL ÁREA DE SAN SALVADOR SE TARDAN PARA MANDAR LOS OFICIOS ENTRE 10 A 20 DÍAS Y FUERA DE SAN SALVADOR ENTRE 1 MES O MAS, LO Q PUEDES HACER ES IR AL TRIBUNAL (SI ERES PARTE,COMISIONADO) A SOLICITAR LOS OFICIOS PARA QUE TU PERSONAL MENTE LOS LLEVES A LA ALCALDÍA CORRESPONDIENTE.
ESPERO A VER EVACUADO TU PREGUNTA
El siguiente usuario dijo gracias: lina77, gerardtorres812