El siguiente comentario lo hago con el fin de generar analisis sobre el decreto 744, y espero genere una discusión constructiva sobre el mismo.
No estoy de acuerdo con ninguna parte del comentario que hace el usuario "kenihernandez" sobre que se esta violando la constitución, ya que considero que el art. 133 num. 3 lo que hace es limitar a la CSJ en cuanto a la materia sobre la que tiene iniciativa de ley (el numeral es restrictivo para la CSJ, asi como el 4 es para los concejos y el 5 para el parlamento, no asi para los diputados y el presidente quienes tienen iniciativa de ley sobre cualquier asunto).
Y en cuanto a "convencer" a los magistrados, tampoco me parece, ya que desde cuando hay que "convencer" a alguien para que cumpla la ley (y más a un magistrado que deberia conocer principios del derecho como la imperatividad de la norma, la obligatoriedad etc.) y es que la ley se cumple porque es la ley no porque yo o alguien quiera cumplirla o lo "convenzan".
Y por ultimo hay que recordar que los seres humanos no somos para siempre, y yo al menos en esta vida quiero ejercer el notariado (¿cuantos años han pasado desde que no hacen el examen 5, 6 o más?, que solución da la CSJ: ninguna -a lo sumo preguntan en corte plena ¿y como va lo del examen de notariado al magistrado ¿Clará me parece? y este constesta, oh si si no se en que año me reuni con la comision y nada más (esto pueden consultarlo en la csj.gob.sv en la sección de acuerdos e historial de corte plena:
www.csj.gob.sv/CORTE_PLENA/CP_041209.html
), sea porque me hicieron un examen y lo aprobe o porque sea paralela su autorización cuando se otorga la calidad de abogado de la republica (esto ultimo es lo más logico, no se porque le copiamos a otros paises lo del examen para notario, y es que colegas diganme ¿acaso el abogado no tiene conocimientos de la legislación que aplica el notario? por supuesto que si, cosa distinta es que hay abogados malos y que seran malos notarios (supuesto motivo por el que hicieron el examen de notariado, que por cierto segun me ha contado los que tuvieron la oportunidad de hacerlo es totalmente subjetivo y que hablando de la legalidad no lo regresan para saber cual respuesta era la correcta o si no hay errores; entonces lo que corresponde es reformar el pensum de la carrera para todas la universidades en concordancia con los requerimientos que proponga la CSJ, para asi tener abogados preparados que seran buenos notarios, para los que ya somos abogados lastimosamente será el mismo sistema el que nos valorara y castigara (los malos estaran presos o inhabilitados -graves consecuencias-, los buenos estaran ejerciendo la carrera).
PD: En febrero de este año presente el escrito para el examen de notariado, y me respondieron por escrito como a los tres meses que la CSJ no habia establecido la forma ni tiempo de realizarlo, (ya sabia que algo asi me iban a responder, pero como tenia planeado presentar un recurso contra la CSJ, necesitaba primero la respuesta oficial por escrito, sin embargo con lo de la publicacion del decreto en cuestion, esperare a ver que pasa).
Espero sus comentarios, y repito que esta es mi opinión personal, y de antemano agradezco al usuario "kenihernandez" por publicar su opinión, y le agradeceria que me comentara su parecer a los argumentos que expongo, gracias.