leyendo las noticias recientes sobre el tema, me entero que aun no hay una ley que regule el tema en cuestión, y por ello hay proyectos en la Asamblea Legislativa o lo están preparando los titulares de salud.
Cuando sacas el DUI te peguntan si quieres donar tus órganos, y según el titular del RNPN hay mas 700, 000 personas que han dicho que sí, pero no obstante ello, no hay una regulación que diga como, cuando, donde y por quien, para cumplir la voluntad del donante, por lo que esa aceptación que hace la persona cuando saca el DUI, queda solo como una forma de medir la voluntad de donar.
En todo caso me parece que cualquier disposición de los órganos de una persona, debe ser una decisión personalicima del donante que debe hacer en vida y no de los representantes.
me quede pensando en ella y se que a traves de una manifestacion de voluntad en vida sería dificil porque lo que está donando no está en el ambito del comercio que es una de las carácterisitcas importantes para que se formalice la cesion de derechos ya que las partes del cuerpos están fuera del comercio y constituyen derechos personalísimos de cada ser humano.
sin embargo me quede pensando si podría hacerse a través de testamento en el cual el testado dentro de su última voluntad se encuentre la disposición de sus restos, tal es el caso de una condicion impuesta para la obtención de una herencia o legado como el caso que se dispone que una persona desee ser cremado, pero aún así me quedo con la duda sobre la validez de tal disposición si podría considerarse como no escrita de parte de los herederos o legatarios. sería interesante ver cual el desarrollo de este tema.
Yo considero que se pude hacer por medio de un testamento, ya que ley establece que se pueden donar por medio de escritura pública, aquí no hay que verlo como un aspecto comercial, es simplemente la última voluntad manifestada por una persona.
Prácticamente es como en el DUI, con la única diferencia que lo hacemos con una mayor formalidad y que decidimos expresamente el fin de la donación, en el DUI, se sobre entiende los órganos serán donados a un Hospital para ser trasplantados a otra persona que los necesite.
esta es una de las preguntas del examen de notariado. aclarando k ha salido en examenes pasados
pos como esta es una declaración de voluntad se puede realizar, x medio de acta notarial, escritura pública ya sea x testamento.
pero la pregunta va más allá si pueden los representantes o quizá decir Apoderad@ o mandantes de X persona comparecer ante un instrumento para k este DONE sus organos???
la respuesta es NO... debe comparecer personalmente la persona que expresa su voluntad
Con todo respeto a las dos colegas anteriores, les quiero solicitar que si me pueden regalar la base legal donde consta que una persona puede disponer de sus órgnamos en escritura pública o en acta notarial por favor para tener una base para estudiar y poder constestar esta pregunta si la hacen en este examen.
CODIGO DE SALUD: Dice el Art 128-E - La voluntad de ser donante de Organos y tejidos podra expresarse ya sea en la Licencia de conducir o en el documento de Identidad personal vigente, o mediante Escritura Publica otorgada ante Notario.-