Buenas tardes, es primera vez que estoy iniciando Diligencias de Aceptación de Herencia vía Judicial, mi solicitud ya fue aceptada y se solicitó informe a la CSJ para saber si existe un testamento otorgado por el causante, por lo que estoy esperando que declaren Herederos Interinos a los hijos y cónyuges del causante. Pero por ser mi primer caso, no sé que se debe hacer cuando me notifiquen dicha resolución, será posible que me puedan orientar y si no fuera mucha molestia me podría proporcionar los escritos a presentar. Gracias anticipadas.
si no hay testamento van a declarar a sus clientes herederos interinos y le van a dar los edictos para su publicación en el diario oficial por tres veces
después de los efectos presenta los diarios que son tres y después van a declarar herederos definitivos a sus clientes y le van a dar el ultimo edicto para que una vez lo publique en el diario oficial y presente el recibo al juzgado y la dan la declaratoria de heredero algunos juzgados piden el diario oficial pues presentele por escrito el ultimo diario oficial (solo es uno)
Muchas gracias por su respuesta colega y por casualidad tendrá formatos de los Escritos a presentar con dichas publicaciones? Y en qué Diario me recomienda hacer las publicaciones?
Ref.: 266-H-22-2.-
SEÑORA JUEZA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE AHUACHAPÁN:
Me refiero a las Diligencias de Aceptación de Herencia que en el Juzgado a su cargo sigo en concepto de Apoderado General Judicial con Clausulas Especiales del señor FRANCISCO JAVIER MEDRANO CORTEZ, a Usted con el debido respeto le EXPONGO:
Que le presento las tres Publicaciones del Diario Oficial, la primera en el TOMO NÚMERO CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE, NÚMERO DOSCIENTOS VEINTIDÓS, que corresponde a la fecha veinticuatro de noviembre del año dos mil veintidós, en las páginas ochenta y ochenta y uno; la segunda en el TOMO NÚMERO CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE, NÚMERO DOSCIENTOS VEINTITRÉS, que corresponde a la fecha veinticinco de noviembre del año dos mil veintidós, en la página ciento dieciséis y la tercera en el TOMO NÚMERO CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE, NÚMERO DOSCIENTOS VEINTICUATRO, que corresponde a la fecha veintiocho de noviembre del año dos mil veintidós, en la página ciento treinta y tres; tal como se lo compruebo con la presentación de los mismos en original el primero y el segundo y el último con una fotocopia certificada por la jefe del diario oficial por haberse agotado; con sus respectivas fotocopias todos y que agregue a las presentes diligencias, habiendo transcurrido a la fecha el término de ley sin que persona alguna se haya presentado al tribunal a aceptar dicha herencia.-
Por lo que LE PIDO:
Tener por presentados los expresados edictos y oportunamente declare al señor …………, heredero definitivo.-
Soy, ………………….., de generales conocidas.-
………………………., a los catorce días del mes diciembre del año dos mil veintidós.-
El siguiente usuario dijo gracias: Margarita Romagoza
respecto a publicaciones, siendo herencia vía judicial solo es necesario publicar en el DIARIO OFICIAL (ubicado por el Salvador del Mundo). En cuanto a Aceptaciones de Herencia Vía notarial, yo recomiendo la prensa gráfica, pues para mi es importante lo de cumplir con el requisito de hacer publicaciones en un periódico de circulación nacional. 69949263 Dinora (de LPG es mi contacto, una personal muy profesional)
Cuando la Corte de la respuesta de si no se han seguido diligencias en cualquier tribunal u oficina notarial, deberá ordenar las publicaciones en los Diarios Oficial y en los de mayor circulación