Hola, leyendo el Art. 53 de la Ley de Notariado me surge una duda en cuanto a los Documentos Privados Autenticados, ¿cuantás copias de documentos privados autenticados deberá expedir el notario a los interesados? resguardará el original para su archivo y expedirá copias simples a los comparecientes? o cuál es la forma correcta de entregar cada documento a los comparecientes?